✅ Examen oficial resueltoSupuestos prácticos

Segundo ejercicio del examen de Técnicos de Hacienda

OEP 2025 · Turno libre · celebrado el

En esta página encontrarás el segundo ejercicio (de supuestos prácticos) de las oposiciones a Técnicos de Hacienda correspondiente a la OEP 2025 (turno libre), celebrado el 30 de mayo de 2026, resuelto y corregido por nuestro equipo de preparadores.

Encontrarás el examen oficial completo con la respuesta de cada pregunta y su explicación, para que puedas comprobar tus aciertos, entender los razonamientos y preparar mejor las próximas convocatorias.

El ejercicio son cinco supuestos de Contabilidad que se resuelven por escrito en cuatro horas, con calculadora. El enunciado es el del tribunal —con una fila del balance del supuesto 1 que viene tachada en el original—; solo le hemos corregido las erratas evidentes, y cuando un dato que falta cambia un asiento, lo decimos en la respuesta. El tribunal no publica solución de este ejercicio: las respuestas son nuestras, una por cada operación numerada, resueltas con el Plan General de Contabilidad y las resoluciones del ICAC vigentes hoy. Los años van como los escribe el tribunal: «2X25».

1

Supuesto 1

CLARA S.A. · Fondos propios, obligaciones convertibles y participaciones

La sociedad anónima CLARA SA, dedicada a actividades industriales, presenta, a 31 de diciembre del año 2X24, entre otros, los siguientes saldos en el balance de situación (expresados en euros):

ACTIVONETO
230.000Gastos de I+DCapital Social500.000
90.000Propiedad industrialSocios Accionistas por aportaciones no dinerarias pendientes(40.000)
200.000Terrenos y construccionesReserva Legal76.000
Acciones propias en situaciones especiales(9.000)
750.000Instalaciones técnicasReserva Legal67.500
175.000Acciones de HUEVO SAReservas voluntarias175.000
Resultado del ejercicio220.000
Patrimonio neto por emisión de instrumentos financieros compuestos4.250
PASIVO
Obligaciones y bonos convertibles192.233,75
(…..)(…)

Información complementaria:

  • El capital social está formado por 1.000.000 de acciones de valor nominal 0,50 euros. Los desembolsos pendientes se corresponden a 200.000 acciones procedentes de la última ampliación de capital realizada.
  • Las acciones propias hacen referencia a 15.000 acciones que fueron adquiridas en el año 2X23 como consecuencia del pago de una deuda.
  • La entidad emitió 200.000 obligaciones convertibles cuyo vencimiento es el 30 de junio del año 2X25. Fueron emitidas a un valor nominal de 1 euro por obligación, con una relación de canje de 1 obligación por una acción (valorada a 1 euro de nominal más 0,5 euros de prima de emisión) a realizar de forma obligatoria al vencimiento y abonando las diferencias en efectivo. El interés explícito de las obligaciones es de un 4% anual pagadero semestralmente.
  • HUEVO SA, es una sociedad estratégica para CLARA SA en su actividad. La participación que figura en balance representa un 45% del capital de la misma, pero por acuerdos dentro del grupo empresarial con otras sociedades, CLARA SA ostenta un 75% de los derechos de voto. La valoración de estas acciones se realiza a coste histórico.

Operaciones del año 2X25

Operación 1

Reunida con fecha 20 de febrero la Junta General de Accionistas, adoptan, entre otras, las siguientes decisiones:

a. Repartir el mayor dividendo posible permitido por la normativa

b. Requerir, de los accionistas deudores, el abono del desembolso pendiente que se realizará mediante la entrega de un local comercial que en su momento fue valorado en 40.000 euros.

c. Autorizar una escisión parcial por la que se constituirá una nueva sociedad, participada al 100% por CLARA SA siendo objeto de aportación para su constitución la instalación técnica que figura en el balance. Esta instalación técnica es una maquinaria de especial complejidad que en la actualidad solo es utilizada por CLARA SA pero que se pretende que en un futuro pueda prestar servicios a terceros para poder obtener ingresos adicionales.

a) Dividendo. El dividendo máximo es el menor de los que permiten los límites del artículo 273 de la Ley de Sociedades de Capital (LSC) y del artículo 28.2 de la Resolución del ICAC de 5-3-2019. Antes se dota la reserva legal con el 10 % del beneficio, porque no alcanza el 20 % del capital (art. 274.1 LSC). En el balance del enunciado la fila «Reserva Legal 67.500» está tachada: se toma la de 76.000 € (con la otra, el dividendo sería el mismo).

El beneficio distribuible es el resultado del ejercicio más las reservas de libre disposición, menos la dotación obligatoria de la reserva legal (art. 3.5 de la Resolución): ni la reserva legal ni el patrimonio neto por la emisión de las obligaciones convertibles son de libre disposición. El patrimonio neto que se compara con el capital incluye el capital suscrito no exigido (art. 3.1 de la Resolución). La propiedad industrial no limita el reparto y las acciones propias no exigen reserva indisponible, que el artículo 148.c) LSC solo pide para las acciones de la sociedad dominante.

Reserva legal obligatoria = 220.000 × 0,10 = 22.000,00 €

Límite de la reserva legal = 500.000 × 0,20 = 100.000,00 €

Reserva legal tras la dotación = 76.000 + 22.000 = 98.000,00 €

Beneficio distribuible = 220.000 + 175.000 − 22.000 = 373.000,00 €

Patrimonio neto contable = 500.000 − 40.000 + 76.000 − 9.000 + 175.000 + 220.000 + 4.250 = 926.250,00 €

Patrimonio neto a efectos del reparto = 926.250 + 40.000 = 966.250,00 €

Máximo por el patrimonio neto = 966.250 − 500.000 = 466.250,00 €

Máximo por los gastos de I+D = 373.000 − 230.000 = 143.000,00 €

Decide el límite de los gastos de investigación y desarrollo: tras el reparto, las reservas disponibles deben cubrir los 230.000 € que figuran en el activo (art. 273.3 LSC). El dividendo máximo es de 143.000 €; el resto del resultado va a reservas voluntarias, que quedan justo en 230.000 €. Se reparte en proporción al capital desembolsado (art. 275.2 LSC) y la parte de las 15.000 acciones propias acrece a las demás (art. 148.a) LSC). Se supone que las acciones propias están totalmente desembolsadas, porque la adquisición onerosa de acciones parcialmente desembolsadas es nula (art. 146.4 LSC).

Desembolsado por las acciones liberadas con derecho a dividendo = (800.000 − 15.000) × 0,50 = 392.500,00 €

Desembolsado por las 200.000 acciones con aportación pendiente = 200.000 × 0,50 − 40.000 = 60.000,00 €

Capital desembolsado con derecho a dividendo = 392.500 + 60.000 = 452.500,00 €

Dividendo de las acciones liberadas = 143.000 × 392.500 / 452.500 = 124.038,67 €

Dividendo de las acciones con aportación pendiente = 143.000 × 60.000 / 452.500 = 18.961,33 €

Reservas voluntarias que se dotan = 220.000 − 22.000 − 143.000 = 55.000,00 €

Reservas voluntarias tras el reparto = 175.000 + 55.000 = 230.000,00 €

20-2-2X25 · Aplicación del resultado de 2X24
DebeCuentaHaber
220.000,00129 Resultado del ejercicio
a112 Reserva legal22.000,00
a113 Reservas voluntarias55.000,00
a526 Dividendo activo a pagar143.000,00

b) Desembolso pendiente. La exigencia convierte la aportación pendiente en un crédito contra los socios, que deja de minorar el capital, también cuando el desembolso se hará en especie (art. 16, apartados 1 y 2, de la Resolución).

20-2-2X25 · Exigencia de la aportación no dineraria pendiente
DebeCuentaHaber
40.000,005580 Socios por desembolsos exigidos sobre acciones o participaciones ordinarias
a1040 Socios por aportaciones no dinerarias pendientes, capital social40.000,00

Si se sigue el movimiento literal de la cuenta 1040 del Plan General de Contabilidad, que se abona directamente contra el bien aportado, la exigencia no se anota y la cuenta se cancela al recibir el local (operación 3): el balance final es el mismo.

c) Escisión parcial. No procede anotación contable: es una autorización que se ejecuta el 1 de septiembre (operación 9) y todavía no se ha entregado nada. Tampoco se reclasifica la instalación técnica como activo no corriente mantenido para la venta, porque su valor no se va a recuperar con una venta, sino aportándola a una filial participada al 100 % (norma de registro y valoración 7.ª.1 del Plan General de Contabilidad).

Operación 2

Con fecha 15 de marzo se procede al pago del dividendo aprobado. Además, se abonan 40.000 euros correspondientes a una retribución adicional variable a los miembros del consejo de administración. Dicha retribución adicional fue aprobada por la Junta con carácter excepcional por los buenos resultados del ejercicio anterior y no estaba prevista al cierre del ejercicio. Retención aplicada a todos los pagos: 19%

El pago cancela la deuda con los accionistas reconocida el 20 de febrero (operación 1); lo retenido es una deuda con la Hacienda Pública.

Retención del dividendo = 143.000 × 0,19 = 27.170,00 €

Pago neto a los accionistas = 143.000 − 27.170 = 115.830,00 €

15-3-2X25 · Pago del dividendo
DebeCuentaHaber
143.000,00526 Dividendo activo a pagar
a4751 Hacienda Pública, acreedora por retenciones practicadas27.170,00
a572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros115.830,00

La retribución extraordinaria de los consejeros no es aplicación del resultado, sino gasto de 2X25: era excepcional y no estaba prevista al cierre de 2X24, de modo que entonces no había obligación, y se devenga cuando la junta la acuerda (consulta 2 del BOICAC 143; el artículo 27.1 de la Resolución del ICAC de 5-3-2019 lleva a gasto incluso la participación estatutaria en beneficios). Por eso no reduce el dividendo calculado en la operación 1. Se supone que la acordó la junta del 20 de febrero; como la relación de los consejeros con la sociedad es mercantil, el gasto va al subgrupo 62.

Retención de la retribución = 40.000 × 0,19 = 7.600,00 €

Pago neto a los consejeros = 40.000 − 7.600 = 32.400,00 €

20-2-2X25 · Retribución extraordinaria del consejo de administración
DebeCuentaHaber
40.000,00623 Servicios de profesionales independientes
a410 Acreedores por prestaciones de servicios40.000,00
15-3-2X25 · Pago de la retribución de los consejeros
DebeCuentaHaber
40.000,00410 Acreedores por prestaciones de servicios
a4751 Hacienda Pública, acreedora por retenciones practicadas7.600,00
a572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros32.400,00

Operación 3

Con fecha 1 de abril los accionistas cuyo desembolso estaba pendiente aportan a la sociedad el local comercial comprometido. Debido a diversas circunstancias de mercado, se estima que el valor razonable de dicho local, en el momento de la aportación, asciende a 45.000 euros.

El local se registra por su valor razonable en la fecha de suscripción de las acciones, los 40.000 € que entonces se le atribuyeron, y no por el que tiene al entregarse (art. 16.3 de la Resolución del ICAC de 5-3-2019). La subida a 45.000 € no se contabiliza: no es ingreso ni prima de emisión, porque el inmovilizado no se revaloriza (norma de registro y valoración 2.ª.2 del Plan General de Contabilidad), y como el local vale más de lo que se registra, tampoco hay deterioro. La entrega cancela el crédito reconocido al exigir el desembolso (operación 1).

1-4-2X25 · Entrega del local comercial por los accionistas
DebeCuentaHaber
40.000,00211 Construcciones
a5580 Socios por desembolsos exigidos sobre acciones o participaciones ordinarias40.000,00

El enunciado no separa el valor del suelo ni da la vida útil del local: se lleva entero a la cuenta 211 y no se calcula su amortización al cierre de 2X25. Con esos datos, el suelo iría a la cuenta 210, porque el terreno y la construcción se valoran por separado (norma de registro y valoración 3.ª.b) del Plan), y la construcción se amortizaría desde el 1 de abril.

Operación 4

Con fecha 10 de abril se procede a la enajenación de las acciones propias que figuran en balance. El precio de venta es de 8.500 euros y además se soportan unos costes de transacción por comisiones del intermediario por valor de 650 euros que se pagan por bancos.

Las acciones propias no son un activo: al venderlas se dan de baja por su valor en libros y la diferencia con lo cobrado va a reservas, sin pasar por la cuenta de pérdidas y ganancias (norma de registro y valoración 9.ª.4 del Plan General de Contabilidad y artículo 22.1 de la Resolución del ICAC de 5-3-2019). Las comisiones del intermediario son también menores reservas (art. 22.2 de la Resolución).

Cobro neto = 8.500 − 650 = 7.850,00 €

Diferencia negativa de la venta = 9.000 − 8.500 = 500,00 €

Cargo a reservas voluntarias = 500 + 650 = 1.150,00 €

10-4-2X25 · Venta de las acciones propias
DebeCuentaHaber
7.850,00572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros
1.150,00113 Reservas voluntarias
a108 Acciones o participaciones propias en situaciones especiales9.000,00

Operación 5

El 15 de abril percibe el dividendo por las acciones de HUEVO SA: 2.500 euros. Retención aplicada: 19%

CLARA SA dispone del 75 % de los derechos de voto de HUEVO SA por acuerdos con otros socios, aunque solo tenga el 45 % del capital: la controla y es empresa del grupo (norma 13.ª de elaboración de las cuentas anuales del Plan General de Contabilidad y artículo 42.1.c) del Código de Comercio). Por eso la participación está valorada al coste y el dividendo va a la subcuenta de empresas del grupo.

El dividendo devengado después de la adquisición es ingreso financiero cuando se declara el derecho a cobrarlo (norma de registro y valoración 9.ª.2.6 del Plan y artículo 31.1 de la Resolución del ICAC de 5-3-2019), y se registra por su importe íntegro: la retención es un pago a cuenta del Impuesto sobre Sociedades (cuenta 473). No hay datos de que proceda de beneficios anteriores a la compra y solo se da la fecha del cobro, de modo que se registra en un único asiento.

Retención = 2.500 × 0,19 = 475,00 €

Importe cobrado = 2.500 − 475 = 2.025,00 €

15-4-2X25 · Cobro del dividendo de HUEVO SA
DebeCuentaHaber
2.025,00572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros
475,00473 Hacienda Pública, retenciones y pagos a cuenta
a7600 Ingresos de participaciones en instrumentos de patrimonio, empresas del grupo2.500,00

Operación 6

Con fecha 15 de junio, debido a un proceso de reestructuración empresarial dentro del grupo se decide crear una nueva sociedad que va a aglutinar todas las acciones de HUEVO SA en poder de las distintas empresas. Para ello se crea una nueva sociedad “TORTILLA SA” a la que SA aporta sus acciones. El valor razonable de las acciones de HUEVO SA en poder de CLARA SA en el momento de la aportación es de 190.000 euros. CLARA SA pasa a tener un 60% de la nueva sociedad al aportar sus acciones.

Se entiende que quien aporta las acciones es CLARA SA (el enunciado dice «a la que SA aporta») y que con ello «pasa a tener» el 60 % de TORTILLA SA.

TORTILLA SA, de la que CLARA SA obtiene el 60 %, es empresa del grupo, y lo aportado son las acciones con las que controla HUEVO SA (el 75 % de los votos), una sociedad en funcionamiento: esas participaciones se califican como negocio y rige la regla particular. El aportante valora su inversión por el valor contable de lo entregado en las cuentas anuales consolidadas y, si no se formulan, por el que tenía en sus cuentas individuales (norma de registro y valoración 21.ª.2 y 2.1 del Plan General de Contabilidad y artículo 15.3 de la Resolución del ICAC de 5-3-2019). El enunciado no da valores consolidados: se toma el valor en libros, 175.000 €.

El valor razonable de 190.000 € no se utiliza y no hay resultado: la plusvalía no se reconoce, porque el negocio sigue dentro del grupo.

Plusvalía que no se reconoce = 190.000 − 175.000 = 15.000,00 €

15-6-2X25 · Aportación de las acciones de HUEVO SA a TORTILLA SA
DebeCuentaHaber
175.000,002403 Participaciones a largo plazo en empresas del grupo (TORTILLA SA)
a2403 Participaciones a largo plazo en empresas del grupo (HUEVO SA)175.000,00

Operación 7

Con fecha 30 de junio se procede al abono de los intereses de las obligaciones. Retención efectuada: 19%

Las obligaciones se convierten obligatoriamente en un número fijo de acciones, pero dan derecho a un interés obligatorio: son un instrumento financiero compuesto (arts. 42.1 y 43.1 de la Resolución del ICAC de 5-3-2019). Su pasivo se valora al coste amortizado y los intereses se devengan al tipo de interés efectivo (norma de registro y valoración 9.ª.3.1.2 del Plan General de Contabilidad). Como vencen el 30-6-2X25, el pasivo del balance está ya en el corto plazo (cuenta 501).

El enunciado no da el tipo efectivo: se deduce de que el pasivo de 192.233,75 € tiene que valer al vencimiento los 204.000 € que entonces se liquidan, nominal más cupón. El interés del semestre es esa diferencia, y lo que excede del cupón aumenta el pasivo hasta los 200.000 € de nominal.

Cupón del semestre = 200.000 × 0,04 / 2 = 4.000,00 €

Nominal más cupón al vencimiento = 200.000 + 4.000 = 204.000,00 €

Intereses del semestre = 204.000 − 192.233,75 = 11.766,25 €

Tipo efectivo semestral implícito = 204.000 / 192.233,75 − 1 = 0,061208

Aumento del pasivo = 11.766,25 − 4.000 = 7.766,25 €

Pasivo al vencimiento = 192.233,75 + 7.766,25 = 200.000,00 €

Retención = 4.000 × 0,19 = 760,00 €

Cupón neto pagado = 4.000 − 760 = 3.240,00 €

30-6-2X25 · Intereses del semestre y pago del cupón
DebeCuentaHaber
11.766,25661 Intereses de obligaciones y bonos
a501 Obligaciones y bonos convertibles a corto plazo7.766,25
a4751 Hacienda Pública, acreedora por retenciones practicadas760,00
a572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros3.240,00

Operación 8

En esa misma fecha se procede a la conversión de las obligaciones en acciones. La ampliación de capital se realiza al valor nominal actual de las acciones, considerándose la diferencia como prima de emisión.

En la conversión el pasivo se da de baja con abono a capital y a prima de emisión, y el componente de patrimonio (cuenta 1110) se reclasifica a prima de emisión, sin resultado (art. 42.3 de la Resolución del ICAC de 5-3-2019).

Las condiciones de la emisión valoran la acción que se entrega en 1,50 € y mandan abonar «las diferencias en efectivo», sin decir quién. El canje se lee así: cada obligación, de 1 €, se cambia por una acción que se emite por 1,50 €, y el obligacionista, que recibe más de lo que entrega, abona en efectivo la diferencia, 0,50 €; el capital aumenta por el nominal actual de las acciones, 0,50 €, y el resto de lo aportado es prima.

Acciones nuevas = 200.000 obligaciones × 1 = 200.000 acciones

Efectivo que aportan los obligacionistas = 200.000 × (1,50 − 1) = 100.000,00 €

Valor de emisión = 200.000 × 1,50 = 300.000,00 €

Aumento del capital social = 200.000 × 0,50 = 100.000,00 €

Prima de la ampliación = 300.000 − 100.000 = 200.000,00 €

Prima de emisión total = 200.000 + 4.250 = 204.250,00 €

Capital social tras la conversión = 500.000 + 100.000 = 600.000,00 €

30-6-2X25 · Conversión de las obligaciones en acciones
DebeCuentaHaber
200.000,00501 Obligaciones y bonos convertibles a corto plazo
100.000,00572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros
4.250,001110 Patrimonio neto por emisión de instrumentos financieros compuestos
a100 Capital social100.000,00
a110 Prima de emisión o asunción204.250,00

Si el canje se entendiera sin efectivo, cada obligación de 1 € por una acción de 0,50 € de nominal y 0,50 € de prima, no habría apunte en bancos y la prima de emisión sería de 104.250 € (100.000 € de la ampliación y los 4.250 € reclasificados); esa lectura deja sin contenido el abono de las diferencias en efectivo.

Por brevedad no se utilizan las cuentas de emisión e inscripción de las acciones (190 y 194), que funcionarían como en un aumento de capital ordinario.

Operación 9

Con fecha 1 de septiembre, en función del mandato de la Junta, se constituye la sociedad REVUELTO SA mediante una aportación no dineraria por parte de CLARA SA del local comercial citado anteriormente. En función de lo establecido en la normativa contable, CLARA SA entiende que la aportación de la instalación técnica en si no puede considerarse un negocio. Recibe a cambio 500.000 acciones de 1 euro de valor nominal que constituye el 100% del capital social de la nueva sociedad. El valor razonable de la instalación técnica en el momento de la aportación, se estima en 735.000 euros.

El enunciado dice que se aporta «el local comercial citado anteriormente», pero lo que la junta acordó aportar (operación 1.c) y lo que este mismo punto valora es la instalación técnica: se resuelve con ella.

Aunque la junta la llamara escisión parcial, lo aportado no es un negocio y las acciones las recibe la propia CLARA SA: es una aportación no dineraria a una empresa del grupo. Sin negocio no rigen las normas particulares de la norma de registro y valoración 21.ª.2 del Plan General de Contabilidad, sino la regla general de su apartado 1, y el aportante la trata como una permuta, que se presume no comercial porque obtiene todo el capital de REVUELTO SA (art. 15.2 de la Resolución del ICAC de 5-3-2019). La participación se valora por el valor contable de la instalación, con el límite del valor razonable de lo recibido si es menor (norma de registro y valoración 2.ª.1.3 del Plan): las acciones de REVUELTO SA, cuyo único activo es la instalación, valen 735.000 €, y la diferencia es una pérdida. Si la permuta fuera comercial el asiento sería el mismo, porque el valor razonable es inferior al contable. El nominal de las acciones recibidas, 500.000 €, no decide la valoración en CLARA SA.

Pérdida en la aportación = 750.000 − 735.000 = 15.000,00 €

1-9-2X25 · Aportación de la instalación técnica en la constitución de REVUELTO SA
DebeCuentaHaber
735.000,002403 Participaciones a largo plazo en empresas del grupo (REVUELTO SA)
15.000,00671 Pérdidas procedentes del inmovilizado material
a212 Instalaciones técnicas750.000,00

El enunciado no da la vida útil ni la amortización acumulada de la instalación: se toman los 750.000 € del balance como valor contable en la fecha de la aportación. Con esos datos, antes habría que amortizarla hasta el 1-9-2X25 y comparar con los 735.000 € el valor que quedara.

TRABAJO A REALIZAR SUPUESTO NUMERO 1

  • Anotaciones contables en la sociedad CLARA SA derivados de las operaciones descritas anteriormente y correspondientes al año 2X25

En la resolución del supuesto deberá tener en cuenta lo siguiente:

  • No es necesario que utilice las cuentas de los grupos ocho y nueve del Plan General de Contabilidad. No obstante, si lo considera oportuno puede hacerlo.
  • En caso de que el opositor estime que no es necesaria anotación contable en algún punto deberá hacerlo constar.
  • En las respuestas deberán identificarse claramente las cuentas de cargo y de abono, sin que sea suficiente limitarse a señalar códigos de cuentas exclusivamente.
2

Supuesto 2

PERFILES SA · Inmovilizado material e inversiones inmobiliarias

Operación 1

La empresa PERFILES SA decide, que este año una de las cadenas de producción la va a destinar íntegramente a fabricar dos máquinas que van a ser empleadas por la empresa en su proceso productivo. Para ello inicia el 1 de enero de 2X25 la fabricación de estas dos máquinas y considera que esta fabricación durará once meses, entrando inmediatamente en funcionamiento transcurrido este tiempo.

Los gastos asociados a esta fabricación son los siguientes:

  • Sueldos y salarios: 1.000.000
  • Materias Primas: 350.000
  • Otros materiales consumibles: 150.000
  • Gastos financieros: 80.000

En la producción se han utilizado dos instalaciones técnicas, una adquirida el 1 de enero de 2X22, por importe de 1.000.000 y con una vida útil de 10 años y otra adquirida el 1 de julio de 2X23 por importe de 1.200.000 con una vida útil de 12 años.

En condiciones normales de producción esta cadena sería capaz de producir tres máquinas de este tipo en un año. El día 1 de diciembre finaliza el montaje de las dos máquinas entrando las mismas en funcionamiento. Se considera que tendrán una vida útil de 8 años.

Los gastos de la fabricación se contabilizan por su naturaleza y, como las máquinas se terminan dentro del ejercicio, su coste de producción se activa en la cuenta 213 con abono a la 731 (NRV 3.ª.e del Plan General de Contabilidad (PGC) y definición de la cuenta 731). Los gastos financieros se contabilizan, pero no se activan: la fabricación dura once meses y solo se capitalizan en los inmovilizados que necesitan más de un año para estar en condiciones de uso (NRV 2.ª.1 PGC). El enunciado no fecha los gastos: se recogen en un solo asiento del periodo de fabricación, y se supone que las materias primas y los demás materiales se compran y se consumen enteros en ella.

2X25 · Gastos de la fabricación, por naturaleza (de enero a noviembre)
DebeCuentaHaber
350.000,00601 Compras de materias primas
150.000,00602 Compras de otros aprovisionamientos
1.000.000,00640 Sueldos y salarios
80.000,00662 Intereses de deudas
a572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros1.580.000,00

El coste de producción suma enteros los costes directos —los sueldos, que el enunciado asocia a esta fabricación, las materias primas y los otros materiales— y, de la amortización de las dos instalaciones, que es un coste indirecto fijo, solo la parte que guarda la producción real con la capacidad normal; el resto es coste de subactividad y queda como gasto del ejercicio (NRV 2.ª.1.2 PGC y normas tercera y cuarta.2.b de la Resolución del ICAC de 14-4-2015, de coste de producción). En once meses la cadena podía fabricar 2,75 máquinas y ha fabricado 2. Las amortizaciones se suponen lineales y sin valor residual.

Amortización anual de la instalación de 2X22 = 1.000.000 / 10 = 100.000,00 €

Amortización anual de la instalación de 2X23 = 1.200.000 / 12 = 100.000,00 €

Amortización de los once meses de fabricación = (100.000 + 100.000) × 11 / 12 = 183.333,33 €

Capacidad normal en once meses = 3 × 11 / 12 = 2,75 máquinas

Amortización imputable a las máquinas = 183.333,33 × 2 / 2,75 = 133.333,33 €

Coste de subactividad, gasto del ejercicio = 183.333,33 − 133.333,33 = 50.000,00 €

Coste de producción de las dos máquinas = 1.000.000 + 350.000 + 150.000 + 133.333,33 = 1.633.333,33 €

1-12-2X25 · Las dos máquinas terminadas entran en funcionamiento
DebeCuentaHaber
1.633.333,33213 Maquinaria
a731 Trabajos realizados para el inmovilizado material1.633.333,33

Al cierre se amortizan las dos instalaciones por el año entero, porque siguen en uso, y las máquinas por el mes de diciembre, desde que están en condiciones de funcionamiento (norma segunda.3.6 de la Resolución del ICAC de 1-3-2013).

Amortización de las instalaciones en 2X25 = 100.000 + 100.000 = 200.000,00 €

Amortización anual de las máquinas = 1.633.333,33 / 8 = 204.166,67 €

Amortización de las máquinas en diciembre = 204.166,67 × 1 / 12 = 17.013,89 €

31-12-2X25 · Amortización de las instalaciones técnicas
DebeCuentaHaber
200.000,00681 Amortización del inmovilizado material
a2812 Amortización acumulada de instalaciones técnicas200.000,00
31-12-2X25 · Amortización de las máquinas, un mes
DebeCuentaHaber
17.013,89681 Amortización del inmovilizado material
a2813 Amortización acumulada de maquinaria17.013,89

Operación 2

El 1 de enero, y ante dificultades transitorias de tesorería, se decide vender una máquina que fue adquirida el 2X21, por importe de 1.600.000 euros, cuya vida útil se consideró que eran 10 años. Asimismo, con el comprador se formaliza un contrato de arrendamiento financiero, fijando el precio de venta en 1.000.000 euros. PERFILES SA, como vendedor-arrendatario se compromete a pagar, el 31 de diciembre de cada año, mediante cuota constante, la renta que pueda corresponder con un tipo de interés del 4% durante cinco años, considerándose la última cuota como la opción de compra. Se tiene absoluta certeza que se ejercitará la opción de compra.

La venta va unida a un arrendamiento financiero —lo es porque no hay dudas de que se ejercerá la opción de compra (NRV 8.ª.1.1 del Plan General de Contabilidad (PGC))—, así que es un método de financiación: la máquina no se da de baja ni cambia de calificación, no se reconoce resultado por la venta y el importe recibido se abona a un pasivo financiero, cuya carga financiera se imputa con el tipo de interés efectivo (NRV 8.ª.3 PGC). El tipo efectivo es el 4 % del contrato, porque lo recibido coincide con el valor actual de las cinco cuotas, la última de las cuales hace de opción de compra.

Dos precisiones sobre el enunciado:

  • «El 1 de enero», sin año, es el de 2X25.
  • «Adquirida el 2X21», sin día ni mes: no impide ningún asiento, porque la máquina no se da de baja —no hace falta su amortización acumulada— y, fuera cual fuera el día de la compra, 2X25 es un año completo de sus diez de vida útil.

Cuota constante = 1.000.000 × 0,04 / (1 − 1,04−5) = 224.627,11 €

Intereses de 2X25 = 1.000.000 × 0,04 = 40.000,00 €

Devolución de capital de 2X25 = 224.627,11 − 40.000 = 184.627,11 €

Deuda a largo plazo el 1-1-2X25 = 1.000.000 − 184.627,11 = 815.372,89 €

Intereses de 2X26 = 815.372,89 × 0,04 = 32.614,92 €

Devolución de capital de 2X26 = 224.627,11 − 32.614,92 = 192.012,19 €

1-1-2X25 · Cobro del precio: financiación recibida
DebeCuentaHaber
1.000.000,00572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros
a524 Acreedores por arrendamiento financiero a corto plazo184.627,11
a174 Acreedores por arrendamiento financiero a largo plazo815.372,89
31-12-2X25 · Pago de la primera cuota
DebeCuentaHaber
40.000,00662 Intereses de deudas
184.627,11524 Acreedores por arrendamiento financiero a corto plazo
a572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros224.627,11
31-12-2X25 · Reclasificación a corto plazo del capital que vence en 2X26
DebeCuentaHaber
192.012,19174 Acreedores por arrendamiento financiero a largo plazo
a524 Acreedores por arrendamiento financiero a corto plazo192.012,19

La máquina sigue en el balance y se amortiza como hasta ahora; se supone amortización lineal y sin valor residual.

Amortización anual de la máquina = 1.600.000 / 10 = 160.000,00 €

31-12-2X25 · Amortización de la máquina
DebeCuentaHaber
160.000,00681 Amortización del inmovilizado material
a2813 Amortización acumulada de maquinaria160.000,00

Operación 3

El 1 de marzo de 2X19 adquirió un vehículo para el transporte de mercancías por carretera por importe de 250.000 euros; considerando que tendría una vida útil de 8 años. El 1 de julio de 2X25 y ante las constantes averías del motor, se decide su sustitución por uno nuevo, cuyo importe es de 80.000 euros. El anterior motor, esta inservible por lo que sólo se pudo vender a un chatarrero por 1.000 euros. Se considera que el motor en relación al vehículo representa un 30 %.

Cambiar el motor averiado por uno nuevo devuelve al vehículo sus características iniciales: es una renovación. El motor nuevo se activa como mayor valor del vehículo y, a la vez, se da de baja el sustituido con su amortización acumulada; la diferencia entre su valor contable y lo que paga el chatarrero es resultado (NRV 3.ª.f del Plan General de Contabilidad (PGC) y norma segunda.2.2 de la Resolución del ICAC de 1-3-2013). Antes, el vehículo se amortiza hasta el día de la sustitución. Como el motor no se amortizaba por separado, el 30 % se aplica tanto al coste como a la amortización acumulada; se supone amortización lineal y sin valor residual.

Amortización anual del vehículo = 250.000 / 8 = 31.250,00 €

Amortización de 1-1 a 1-7-2X25 = 31.250 × 6 / 12 = 15.625,00 €

Meses transcurridos del 1-3-2X19 al 1-7-2X25 = 12 × 6 + 4 = 76 meses

Amortización acumulada del vehículo al 1-7-2X25 = 250.000 × 76 / 96 = 197.916,67 €

Coste del motor sustituido = 250.000 × 0,30 = 75.000,00 €

Amortización acumulada del motor sustituido = 197.916,67 × 0,30 = 59.375,00 €

Valor contable del motor sustituido = 75.000 − 59.375 = 15.625,00 €

Pérdida = 15.625 − 1.000 = 14.625,00 €

1-7-2X25 · Amortización del vehículo hasta la sustitución
DebeCuentaHaber
15.625,00681 Amortización del inmovilizado material
a2818 Amortización acumulada de elementos de transporte15.625,00
1-7-2X25 · Baja del motor sustituido y venta como chatarra
DebeCuentaHaber
59.375,002818 Amortización acumulada de elementos de transporte
1.000,00572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros
14.625,00671 Pérdidas procedentes del inmovilizado material
a218 Elementos de transporte75.000,00
1-7-2X25 · Motor nuevo
DebeCuentaHaber
80.000,00218 Elementos de transporte
a572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros80.000,00

Desde la sustitución, el nuevo valor contable se amortiza en la vida útil que le queda al vehículo, veinte meses hasta el 1-3-2X27: el enunciado no da otra para el motor nuevo y se supone que la renovación no la alarga.

Coste del vehículo tras la renovación = 250.000 − 75.000 + 80.000 = 255.000,00 €

Amortización acumulada tras la renovación = 197.916,67 − 59.375 = 138.541,67 €

Valor contable a amortizar = 255.000 − 138.541,67 = 116.458,33 €

Amortización de 1-7 a 31-12-2X25 = 116.458,33 × 6 / 20 = 34.937,50 €

31-12-2X25 · Amortización del segundo semestre
DebeCuentaHaber
34.937,50681 Amortización del inmovilizado material
a2818 Amortización acumulada de elementos de transporte34.937,50

Operación 4

Se adquirieron unas instalaciones técnicas por importe de 1.000.000 euros, cuya entrada en funcionamiento se produjo el 1 de enero de 2X21. Por efectuar su abono al contado se obtuvo un descuento del 3 %. El traslado de la maquina necesaria desde la fábrica hasta las instalaciones originó unos gastos de 10.000 euros y su montaje tuvo unos costes de 35.000 euros. También fue necesaria la formación del personal que las utilizaría, que fue contratado con la misma empresa que montó las instalaciones por un importe de 15.000 euros.

La empresa se obligó a que cuando estas instalaciones se desmantelaran dentro de 10 años, el entorno quedaría en las mismas condiciones que antes de su instalación. En este momento se consideró que el coste de esta operación sería de 60.000 euros. Se considera una tasa libre de riesgo del 3 %.

En el ejercicio 2X25, viendo que las instalaciones no son tan contaminantes como en principio se preveía se considera que los costes de desmantelamiento serían de 40.000 euros.

La compra es de 2X21 y no genera anotaciones en 2X25, pero de ella sale la cuota de amortización. El precio se toma neto del descuento y se le suman el transporte, el montaje y el valor actual del desmantelamiento, que se abonó a la provisión. La formación del personal, aunque el enunciado la dé por necesaria, no entra en el coste: no es un gasto de poner las instalaciones en condiciones de funcionamiento, sino de preparar a quienes las van a manejar, y fue gasto de 2X21 (NRV 2.ª.1 y 1.1 del Plan General de Contabilidad (PGC) y norma primera.1.3 y 2.1 de la Resolución del ICAC de 1-3-2013). El enunciado no da la fecha de compra ni la vida útil: se toma el 1-1-2X21, día de la entrada en funcionamiento, para el coste, la provisión y el inicio de la amortización, y se supone una vida útil de 10 años, los que faltaban hasta el desmantelamiento, con amortización lineal y sin valor residual.

Precio neto del descuento = 1.000.000 × 0,97 = 970.000,00 €

Provisión inicial por desmantelamiento = 60.000 / 1,0310 = 44.645,63 €

Coste de las instalaciones = 970.000 + 10.000 + 35.000 + 44.645,63 = 1.059.645,63 €

Amortización anual = 1.059.645,63 / 10 = 105.964,56 €

Al cierre se amortizan las instalaciones y se actualiza la provisión al tipo con que se reconoció, con cargo a la cuenta 660 (NRV 15.ª.2 PGC y norma primera.2.2 de esa Resolución).

Provisión al 31-12-2X24 = 60.000 / 1,036 = 50.249,06 €

Actualización de 2X25 = 50.249,06 × 0,03 = 1.507,47 €

Provisión al 31-12-2X25, antes del cambio = 50.249,06 + 1.507,47 = 51.756,53 €

31-12-2X25 · Amortización de las instalaciones
DebeCuentaHaber
105.964,56681 Amortización del inmovilizado material
a2812 Amortización acumulada de instalaciones técnicas105.964,56
31-12-2X25 · Actualización financiera de la provisión
DebeCuentaHaber
1.507,47660 Gastos financieros por actualización de provisiones
a143 Provisión por desmantelamiento, retiro o rehabilitación del inmovilizado1.507,47

La nueva estimación del coste es un cambio de estimación contable: una vez reconocida la actualización del año, la provisión se ajusta a su nuevo valor actual y el activo baja en el mismo importe, sin pasar por resultados ni tocar ejercicios anteriores. El enunciado solo la sitúa «en el ejercicio 2X25»: se registra al cierre, que es cuando la cuenta 143 se carga por las disminuciones debidas a una nueva estimación (movimiento de la cuenta 143 del PGC), y con el mismo tipo del 3 %. La reducción no supera el valor contable del componente de desmantelamiento, así que no hay ingreso por el exceso (norma primera.2.2 y 2.3 de la Resolución del ICAC de 1-3-2013).

Nueva provisión = 40.000 / 1,035 = 34.504,35 €

Reducción de la provisión = 51.756,53 − 34.504,35 = 17.252,18 €

Valor contable del componente de desmantelamiento = 44.645,63 × 5 / 10 = 22.322,82 €

31-12-2X25 · Cambio de estimación del coste de desmantelamiento
DebeCuentaHaber
17.252,18143 Provisión por desmantelamiento, retiro o rehabilitación del inmovilizado
a212 Instalaciones técnicas17.252,18

El cambio se aplica hacia el futuro: la amortización de 2X25 no varía y, desde 2X26, el valor contable que queda se reparte entre los cinco años restantes.

Amortización acumulada al 31-12-2X25 = 105.964,56 × 5 = 529.822,80 €

Valor contable tras el cambio = 1.059.645,63 − 17.252,18 − 529.822,80 = 512.570,65 €

Cuota anual desde 2X26 = 512.570,65 / 5 = 102.514,13 €

Operación 5

El 1 de julio de 2X21 se adquirió una unidad generadora de efectivo (un autoservicio de repuestos) por un importe de 800.000 euros. La composición de la misma fue de un 20 % un fondo de comercio y el resto diverso inmovilizado, que se consideró amortizable, en un período de 12 años. Para la adquisición de dicho inmovilizado se obtuvo una Subvención estatal de 200.000 euros.

A 31 de diciembre de 2X25 se considera que el importe recuperable podría ser de 350.000 euros.

Antes de comprobar el deterioro se registran las amortizaciones del año. El fondo de comercio se amortiza en su vida útil, que salvo prueba en contrario es de diez años (NRV 6.ª.c del Plan General de Contabilidad (PGC)); los 12 años del enunciado se refieren al resto del inmovilizado. La subvención, concedida para adquirir ese inmovilizado, se imputa a resultados en proporción a su amortización (NRV 18.ª.1.3.c PGC). El enunciado no desglosa el «diverso inmovilizado»: se trata como inmovilizado material, en cuentas de tres cifras, con amortización lineal y sin valor residual; la subvención se supone no reintegrable y reconocida con la compra, y se prescinde de su efecto impositivo, del que no hay datos.

Fondo de comercio = 800.000 × 0,20 = 160.000,00 €

Inmovilizado material = 800.000 − 160.000 = 640.000,00 €

Amortización anual del fondo de comercio = 160.000 / 10 = 16.000,00 €

Amortización anual del inmovilizado = 640.000 / 12 = 53.333,33 €

Imputación anual de la subvención = 200.000 / 12 = 16.666,67 €

31-12-2X25 · Amortización del fondo de comercio
DebeCuentaHaber
16.000,00680 Amortización del inmovilizado intangible
a2804 Amortización acumulada de fondo de comercio16.000,00
31-12-2X25 · Amortización del inmovilizado material
DebeCuentaHaber
53.333,33681 Amortización del inmovilizado material
a281 Amortización acumulada del inmovilizado material53.333,33
31-12-2X25 · Imputación de la subvención por la amortización
DebeCuentaHaber
16.666,67840 Transferencia de subvenciones oficiales de capital
a746 Subvenciones, donaciones y legados de capital transferidos al resultado del ejercicio16.666,67

El enunciado da ya el importe recuperable de la unidad, que se compara con su valor contable tras cuatro años y medio de amortización. En un activo subvencionado, la subvención pendiente de imputar es un componente más del valor en uso (norma tercera, apartado 2.3.3.7, de la Resolución del ICAC de 18-9-2013), y por tanto del importe recuperable que se da como dato: no se le vuelve a sumar. Quien lea los 350.000 € como flujos de explotación sin la subvención debe sumarle los 125.000 € pendientes de imputar: el importe recuperable sube a 475.000 €, la pérdida queda en 13.000 €, toda contra el fondo de comercio, y no hay deterioro del inmovilizado ni imputación adicional de la subvención. La pérdida reduce primero el fondo de comercio, hasta agotar sus 88.000 €, y el resto se lleva a los demás activos de la unidad (NRV 2.ª.2.2 PGC). El deterioro del fondo de comercio se abona directamente a la cuenta 204, como dispone su movimiento en el PGC, y no revierte (NRV 6.ª.c PGC).

Valor contable del fondo de comercio = 160.000 − 16.000 × 4,5 = 88.000,00 €

Valor contable del inmovilizado = 640.000 − 640.000 × 4,5 / 12 = 400.000,00 €

Valor contable de la unidad = 88.000 + 400.000 = 488.000,00 €

Pérdida por deterioro de la unidad = 488.000 − 350.000 = 138.000,00 €

Deterioro del resto del inmovilizado = 138.000 − 88.000 = 50.000,00 €

31-12-2X25 · Deterioro de la unidad: primero, el fondo de comercio
DebeCuentaHaber
88.000,00690 Pérdidas por deterioro del inmovilizado intangible
a204 Fondo de comercio88.000,00
31-12-2X25 · Deterioro del resto del inmovilizado
DebeCuentaHaber
50.000,00691 Pérdidas por deterioro del inmovilizado material
a291 Deterioro de valor del inmovilizado material50.000,00

La corrección por deterioro del inmovilizado subvencionado obliga a imputar a resultados la subvención pendiente (NRV 18.ª.1.3.c PGC), en la misma proporción que la pérdida representa sobre el valor contable del inmovilizado antes de reconocerla, que es el criterio que recoge la introducción de la Resolución de 18-9-2013; en la parte financiada con la subvención, ese deterioro es irreversible (NRV 18.ª.1.3 PGC, último párrafo). Al cierre, la cuenta 840 se salda contra la 130; quien prescinda de los grupos 8 y 9, como permite el enunciado, carga directamente la 130 con abono a la 746.

Subvención pendiente antes del deterioro = 200.000 × (12 − 4,5) / 12 = 125.000,00 €

Imputación por el deterioro = 125.000 × 50.000 / 400.000 = 15.625,00 €

Traspaso total al resultado en 2X25 = 16.666,67 + 15.625 = 32.291,67 €

31-12-2X25 · Imputación de la subvención por el deterioro
DebeCuentaHaber
15.625,00840 Transferencia de subvenciones oficiales de capital
a746 Subvenciones, donaciones y legados de capital transferidos al resultado del ejercicio15.625,00
31-12-2X25 · Regularización de la cuenta 840
DebeCuentaHaber
32.291,67130 Subvenciones oficiales de capital
a840 Transferencia de subvenciones oficiales de capital32.291,67

Operación 6

La entidad adquirió el 1 de junio de 2X21 un inmueble, como inversión para su arrendamiento debido a la revaloración del mercado inmobiliario, en la zona en dónde lo adquirió.

Transcurridos varios años sin que lo haya conseguido arrendar, el 1 de febrero de 2X24 deciden efectuar una reforma en profundidad con la intención de venderlo.

El inmueble se adquirió por 500.000 euros, siendo el valor del terreno 100.000 euros, efectuando una amortización anual del 3 %.

En el mes de mayo de 2X24 se inician las obras, que finalizan en julio de este mismo año y que han tenido un coste de 150.000 euros. Finalizadas las obras se pone en venta el inmueble por importe de 600.000 euros, firmando un contrato con una inmobiliaria para un mejor posicionamiento en el mercado.

Finalmente se procede a su venta el 5 de enero de 2X25, por importe de 650.000 euros, cobrando la inmobiliaria una comisión de 10.000 euros.

El inmueble dejó de ser inversión inmobiliaria cuando empezó la obra de transformación con intención de venderlo, en mayo de 2X24; la decisión del 1 de febrero, sin obra iniciada, no lo reclasifica. Desde entonces es una existencia (norma quinta.3.2 de la Resolución del ICAC de 1-3-2013), que entró por su valor contable y a la que se sumó el coste de la reforma. Todo eso se registró en 2X24: aquí solo se calcula el saldo con que la existencia empieza 2X25. El enunciado da solo el mes en que se inicia la obra y se toma el día 1; y el 3 % se aplica a la construcción, porque el terreno no se amortiza.

Amortización anual de la construcción = (500.000 − 100.000) × 0,03 = 12.000,00 €

Amortización del 1-6-2X21 al 1-5-2X24, 35 meses = 12.000 × 35 / 12 = 35.000,00 €

Valor contable al empezar la obra = 500.000 − 35.000 = 465.000,00 €

Existencias al 1-1-2X25 = 465.000 + 150.000 = 615.000,00 €

Valor neto realizable al cierre de 2X24 = 650.000 − 10.000 = 640.000,00 €

Al cierre de 2X24 no procedía corrección valorativa: aunque el inmueble se anunció por 600.000 €, menos que su coste, la venta del 5-1-2X25 prueba que su valor neto realizable superaba los 615.000 € (NRV 10.ª.2 y NRV 23.ª del Plan General de Contabilidad (PGC)).

Como existencia, su venta se registra como venta de la actividad: el precio se abona a la cuenta 701, no a una de resultados del inmovilizado, y su coste sale por la variación de existencias al cierre (definición del grupo 3 del PGC y norma quinta.3.2 citada). Se usan las cuentas de productos terminados porque el inmueble se vende después de transformarlo. La comisión de la inmobiliaria es un gasto de comercialización, que no forma parte del coste de las existencias y se imputa al ejercicio en que se devenga el ingreso de la venta (norma séptima de la Resolución del ICAC de 14-4-2015); se lleva a la cuenta 623, que recoge las comisiones de agentes mediadores independientes.

5-1-2X25 · Venta del inmueble
DebeCuentaHaber
650.000,00572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros
a701 Ventas de productos terminados650.000,00
5-1-2X25 · Comisión de la inmobiliaria
DebeCuentaHaber
10.000,00623 Servicios de profesionales independientes
a572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros10.000,00
31-12-2X25 · Baja de las existencias iniciales
DebeCuentaHaber
615.000,00712 Variación de existencias de productos terminados
a350 Productos terminados615.000,00

Resultado de la operación = 650.000 − 615.000 − 10.000 = 25.000,00 €

TRABAJO A REALIZAR SUPUESTO NUMERO 2

  • Anotaciones contables del ejercicio 2X25 que procedan de la información suministrada, considerando todas las operaciones realizadas por banco.

En la resolución del supuesto deberá tener en cuenta lo siguiente:

  • No es necesario que utilice las cuentas de los grupos ocho y nueve del Plan General de Contabilidad. No obstante, si lo considera oportuno puede hacerlo.
  • En caso de que el opositor estime que no es necesaria anotación contable en algún punto deberá hacerlo constar.
  • En las respuestas deberán identificarse claramente las cuentas de cargo y de abono, sin que sea suficiente limitarse a señalar códigos de cuentas exclusivamente.
3

Supuesto 3

DEFCONSA · Préstamo a tipo variable y permuta de cobertura

La sociedad industrial DEFCONSA ha solicitado de una entidad bancaria un préstamo en las siguientes condiciones:

  • Nominal: 1.000.000 euros
  • Fecha de concesión del préstamo: 1 de julio de 2X22
  • Vencimiento: 31 de diciembre de 2X25
  • interés variable Euribor + 2 puntos con intereses pagaderos semestralmente y reembolso de principal al vencimiento. Se computará el tipo de interés vigente a 31 de diciembre de cada año para el pago de los intereses del año siguiente.
  • En el momento de la concesión, el Euribor está en un 3,5% y el tipo de interés inicial del préstamo es de un 5,5%

A fin de cubrirse del tipo de interés, DEFCONSA contrata un swap de tipos de interés por el que se garantiza un tipo fijo de un 5,5% anual:

  • Entrega el equivalente a un 5,5% anual de 1.000.000 de euros.
  • Recibe un tipo variable equivalente a Euribor+2 puntos siendo el Euribor el vigente el día de pago de los intereses.

El swap está vinculado al préstamo si bien se liquidará el 1 de julio y el 31 de diciembre de cada año.

La sociedad toma como tipo de interés de referencia el del Euribor+2 puntos a cierre de cada ejercicio.

Operaciones del año 2X23

Operación 1

Abona los intereses a 31 de diciembre.

El préstamo es un pasivo financiero a coste amortizado: sin gastos de formalización, el tipo efectivo es el contractual y el gasto de cada semestre es el interés que se paga, con cargo a la cuenta 662 (norma de registro y valoración 9.ª, apartado 3.1.2, del Plan General de Contabilidad, PGC). El tipo de cada año es el Euribor del 31 de diciembre anterior más dos puntos.

El enunciado no da el Euribor del 31-12-2X22: se supone que seguía en el 3,5 % de la concesión, de modo que el 5,5 % inicial rige también en 2X23. Tampoco dice el medio de pago: se supone que todo se paga y se cobra por banco.

Tipo de 2X23 = 0,035 + 0,02 = 0,055

Intereses de cada semestre de 2X23 = 1.000.000 × 0,055 / 2 = 27.500,00 €

En 2X23 el enunciado solo enumera el pago del 31 de diciembre, pero pide contabilizar las operaciones del préstamo de todo el año y los intereses son semestrales: el pago del 1 de julio, del mismo importe, se registra igual.

1-7-2X23 · Intereses del primer semestre (pago que el enunciado no enumera)
DebeCuentaHaber
27.500,00662 Intereses de deudas
a572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros27.500,00
31-12-2X23 · Intereses del segundo semestre
DebeCuentaHaber
27.500,00662 Intereses de deudas
a572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros27.500,00

Al cierre no quedan intereses devengados sin pagar, y el préstamo, que vence el 31-12-2X25, sigue a largo plazo en la cuenta 170 Deudas a largo plazo con entidades de crédito.

Operación 2

A esta fecha, el Euribor está a un 3,25%. Procede a la liquidación del swap a esta fecha.

El swap es una permuta financiera de tipos de interés: sobre 1.000.000 € la sociedad paga cada semestre el 5,5 % fijo y cobra el Euribor del día más dos puntos, y se liquida solo la diferencia. Contratada para fijar los intereses de un préstamo a tipo variable y vinculada a él, se supone designada y documentada como cobertura desde el inicio, y contratada a la vez que el préstamo y sin coste (su tipo fijo es el variable de la concesión). Es una cobertura de flujos de efectivo (norma de registro y valoración 9.ª, apartado 6.4.b, del Plan General de Contabilidad, PGC): la parte eficaz de la pérdida o ganancia del derivado se reconoce en el patrimonio neto y se transfiere a resultados cuando se devenga el interés cubierto; la parte ineficaz va directamente a resultados, a las cuentas 6633 y 7633 (movimiento de las cuentas 5593, 5598 y 1768, letra c).

La cobertura no es perfecta: el swap cobra el Euribor del día de la liquidación y el préstamo paga el del 31 de diciembre anterior. Lo que el swap liquida de más o de menos respecto de la variación del interés cubierto es ineficacia (apartados 6.3 y 6.4.b de la misma norma).

Tipo variable del swap el 31-12-2X23 = 0,0325 + 0,02 = 0,0525

Pago neto del swap = 1.000.000 × (0,055 − 0,0525) / 2 = 1.250,00 €

El enunciado tampoco da el Euribor del 1-7-2X23: se supone que seguía en el 3,5 %, como el del cierre de 2X22 (operación 1). Con ello el swap valía cero al cierre de 2X22 y su liquidación del 1-7-2X23 fue nula, sin asiento: llega sin saldo al 31-12-2X23. El interés cubierto de este semestre estaba fijado en el 5,5 % y no ha variado, así que la liquidación no compensa nada y es toda ineficaz.

31-12-2X23 · Liquidación del swap (ineficaz)
DebeCuentaHaber
1.250,006633 Pérdidas de instrumentos de cobertura
a572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros1.250,00

Al cierre, el swap se valora por su valor razonable: el valor actual de las cuatro liquidaciones pendientes. Con el tipo de referencia del enunciado (el Euribor del cierre más dos puntos, un 5,25 %) se proyecta cada liquidación y, a falta de curva de tipos, se descuenta por semestres a ese mismo tipo. El variable queda por debajo del fijo: el swap es un pasivo, a corto plazo en lo que se liquida en 2X24 y a largo plazo en lo de 2X25. Los intereses cubiertos cambian en la misma medida (los de 2X24 ya son al 5,25 % y los de 2X25 se proyectan a ese tipo): la pérdida es toda eficaz y va al patrimonio neto.

Liquidación neta prevista por semestre = 1.000.000 × (0,055 − 0,0525) / 2 = 1.250,00 €

Tipo semestral de descuento = 0,0525 / 2 = 0,02625

Valor actual del pago del 1-7-2X24 = 1.250 / 1,02625 = 1.218,03 €

Valor actual del pago del 31-12-2X24 = 1.250 / 1,026252 = 1.186,87 €

Valor actual del pago del 1-7-2X25 = 1.250 / 1,026253 = 1.156,51 €

Valor actual del pago del 31-12-2X25 = 1.250 / 1,026254 = 1.126,93 €

Pasivo a corto plazo = 1.218,03 + 1.186,87 = 2.404,90 €

Pasivo a largo plazo = 1.156,51 + 1.126,93 = 2.283,44 €

Valor razonable del swap = 2.404,90 + 2.283,44 = 4.688,34 €

31-12-2X23 · Valor razonable del swap
DebeCuentaHaber
4.688,34810 Pérdidas por coberturas de flujos de efectivo
a5598 Pasivos por derivados financieros a corto plazo, instrumentos de cobertura2.404,90
a1768 Pasivos por derivados financieros a largo plazo, instrumentos de cobertura2.283,44
31-12-2X23 · Cierre del grupo 8
DebeCuentaHaber
4.688,341340 Cobertura de flujos de efectivo
a810 Pérdidas por coberturas de flujos de efectivo4.688,34

El enunciado permite prescindir de los grupos 8 y 9: en ese caso el cargo se hace directamente en la cuenta 1340. El swap queda en el pasivo por 4.688,34 € y la cuenta 1340, con ese mismo saldo deudor.

Operaciones el año 2X24

Operación 3

A 1 de julio procede al pago de los intereses. El Euribor en esta fecha está en un 3,4%.

Los intereses de 2X24 se pagan al tipo vigente el 31-12-2X23: el Euribor de ese día, un 3,25 %, más dos puntos. Se cargan a la cuenta 662 por lo pagado (norma de registro y valoración 9.ª, apartado 3.1.2, del Plan General de Contabilidad, PGC).

Tipo del préstamo en 2X24 = 0,0325 + 0,02 = 0,0525

Intereses de cada semestre de 2X24 = 1.000.000 × 0,0525 / 2 = 26.250,00 €

1-7-2X24 · Intereses del primer semestre
DebeCuentaHaber
26.250,00662 Intereses de deudas
a572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros26.250,00

El enunciado no nombra aquí la liquidación del swap, pero el contrato se liquida cada 1 de julio y el Euribor del día, que es el dato que da este punto, solo sirve para ella: se contabiliza en esta operación.

Tipo variable del swap el 1-7-2X24 = 0,034 + 0,02 = 0,054

Pago neto del swap = 1.000.000 × (0,055 − 0,054) / 2 = 500,00 €

Menor interés del préstamo respecto del fijo = 1.000.000 × (0,055 − 0,0525) / 2 = 1.250,00 €

Valor en libros de esta liquidación desde el cierre de 2X23 = 1.250 / 1,02625 = 1.218,03 €

Parte eficaz = 1.250 − 1.218,03 = 31,97 €

Ineficacia = 1.250 − 500 = 750,00 €

Baja del pasivo antes del pago = 750 − 31,97 = 718,03 €

El interés cubierto de este semestre es 1.250 € más barato que al tipo fijo, y esa es la pérdida del swap que la cobertura compensa. El pasivo que recogía esta liquidación (1.218,03 € en la cuenta 5598) sube hasta esos 1.250 € por el paso del tiempo: es la parte eficaz, al patrimonio neto. Como el swap solo obliga a pagar 500 €, los 750 € restantes son ineficacia: un beneficio que va directamente a resultados, a la cuenta 7633 (apartado 6.4.b de la norma 9.ª; movimiento de la cuenta 5598, letra c). Devengado el interés cubierto, los 1.250 € acumulados en el patrimonio neto se transfieren al gasto financiero (movimiento de la cuenta 912, letra a4).

1-7-2X24 · Valor del swap al liquidarse: de 1.218,03 a 500
DebeCuentaHaber
31,97810 Pérdidas por coberturas de flujos de efectivo
718,035598 Pasivos por derivados financieros a corto plazo, instrumentos de cobertura
a7633 Beneficios de instrumentos de cobertura750,00
1-7-2X24 · Liquidación del swap
DebeCuentaHaber
500,005598 Pasivos por derivados financieros a corto plazo, instrumentos de cobertura
a572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros500,00
1-7-2X24 · Transferencia al gasto financiero
DebeCuentaHaber
1.250,00662 Intereses de deudas
a912 Transferencia de pérdidas por coberturas de flujos de efectivo1.250,00

Gasto financiero del semestre = 26.250 + 1.250 = 27.500,00 €

Saldo de la cuenta 5598 tras la liquidación = 2.404,90 − 718,03 − 500 = 1.186,87 €

El gasto financiero del semestre queda en el 5,5 % fijo. En la cuenta 5598 queda la liquidación del 31-12-2X24 (1.186,87 €); la cuenta 1768 no se mueve (2.283,44 €).

Operación 4

A 31 de diciembre procede al pago de los intereses.

Segundo pago de intereses de 2X24, al mismo 5,25 % (el Euribor del 31-12-2X23 más dos puntos), con cargo a la cuenta 662 (norma de registro y valoración 9.ª, apartado 3.1.2, del Plan General de Contabilidad, PGC).

Intereses del segundo semestre de 2X24 = 1.000.000 × 0,0525 / 2 = 26.250,00 €

A esta fecha, que es la de cierre, al préstamo le quedan doce meses de vida (vence el 31-12-2X25): pasa al pasivo corriente (norma de elaboración de las cuentas anuales 6.ª.1.b del PGC).

31-12-2X24 · Intereses del segundo semestre
DebeCuentaHaber
26.250,00662 Intereses de deudas
a572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros26.250,00
31-12-2X24 · Reclasificación del préstamo al corto plazo
DebeCuentaHaber
1.000.000,00170 Deudas a largo plazo con entidades de crédito
a520 Deudas a corto plazo con entidades de crédito1.000.000,00

No quedan intereses devengados sin pagar. La liquidación del swap de esta fecha y la transferencia desde el patrimonio neto que completa el gasto financiero del semestre van en la operación 5.

Operación 5

A esta fecha el Euribor está a un 3,80%. Procede a la liquidación del swap.

«Esta fecha» es el 31-12-2X24 (operación 4). El swap cobra el Euribor del día, un 3,80 %, más dos puntos, por encima del 5,5 % fijo que paga: esta vez cobra la diferencia.

Tipo variable del swap el 31-12-2X24 = 0,038 + 0,02 = 0,058

Cobro neto del swap = 1.000.000 × (0,058 − 0,055) / 2 = 1.500,00 €

Menor interés del préstamo respecto del fijo = 1.000.000 × (0,055 − 0,0525) / 2 = 1.250,00 €

Valor en libros de esta liquidación desde el cierre de 2X23 = 1.250 / 1,026252 = 1.186,87 €

Parte eficaz = 1.250 − 1.186,87 = 63,13 €

Ineficacia = 1.250 + 1.500 = 2.750,00 €

El interés cubierto del semestre (operación 4) sigue siendo 1.250 € más barato que al tipo fijo. El pasivo que recogía esta liquidación (1.186,87 € en la cuenta 5598) sube hasta esos 1.250 € por el paso del tiempo: es la parte eficaz, al patrimonio neto. Pasar de pagar 1.250 € a cobrar 1.500 € es ineficacia: un beneficio de 2.750 € que va directamente a resultados, a la cuenta 7633 (norma de registro y valoración 9.ª, apartado 6.4.b, del Plan General de Contabilidad, PGC; movimiento de las cuentas 5593 y 5598, letra c). Devengado el interés cubierto, los 1.250 € acumulados en el patrimonio neto se transfieren al gasto financiero (movimiento de la cuenta 912, letra a4).

31-12-2X24 · Valor del swap al liquidarse: de pagar 1.186,87 a cobrar 1.500
DebeCuentaHaber
63,13810 Pérdidas por coberturas de flujos de efectivo
1.186,875598 Pasivos por derivados financieros a corto plazo, instrumentos de cobertura
1.500,005593 Activos por derivados financieros a corto plazo, instrumentos de cobertura
a7633 Beneficios de instrumentos de cobertura2.750,00
31-12-2X24 · Liquidación del swap
DebeCuentaHaber
1.500,00572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros
a5593 Activos por derivados financieros a corto plazo, instrumentos de cobertura1.500,00
31-12-2X24 · Transferencia al gasto financiero
DebeCuentaHaber
1.250,00662 Intereses de deudas
a912 Transferencia de pérdidas por coberturas de flujos de efectivo1.250,00

Al cierre, el swap se valora de nuevo por su valor razonable, con el tipo de referencia de esta fecha (un 5,8 %) para proyectar y descontar sus dos liquidaciones pendientes. El variable supera ya al fijo: el swap pasa a ser un activo, todo a corto plazo porque las dos liquidaciones son de 2X25, y desaparece el pasivo a largo plazo de la cuenta 1768. El cambio es todo eficaz: los intereses de 2X25 del préstamo quedan fijados a ese mismo 5,8 %.

Liquidación neta prevista por semestre = 1.000.000 × (0,058 − 0,055) / 2 = 1.500,00 €

Tipo semestral de descuento = 0,058 / 2 = 0,029

Valor actual del cobro del 1-7-2X25 = 1.500 / 1,029 = 1.457,73 €

Valor actual del cobro del 31-12-2X25 = 1.500 / 1,0292 = 1.416,64 €

Valor razonable del swap = 1.457,73 + 1.416,64 = 2.874,37 €

Pasivo a largo plazo que se cancela (cierre de 2X23) = 1.156,51 + 1.126,93 = 2.283,44 €

Ganancia del swap al cierre = 2.283,44 + 2.874,37 = 5.157,81 €

31-12-2X24 · Valor razonable del swap
DebeCuentaHaber
2.283,441768 Pasivos por derivados financieros a largo plazo, instrumentos de cobertura
2.874,375593 Activos por derivados financieros a corto plazo, instrumentos de cobertura
a910 Beneficios por coberturas de flujos de efectivo5.157,81

Los grupos 8 y 9 se saldan al cierre contra la cuenta 1340, que traía de 2X23 un saldo deudor de 4.688,34 €.

Pérdidas de 2X24 en la cuenta 810 = 31,97 + 63,13 = 95,10 €

Transferencias de 2X24 en la cuenta 912 = 1.250 × 2 = 2.500,00 €

Abono neto a la cuenta 1340 = 5.157,81 + 2.500 − 95,10 = 7.562,71 €

Saldo acreedor de la cuenta 1340 = 7.562,71 − 4.688,34 = 2.874,37 €

31-12-2X24 · Cierre de los grupos 8 y 9
DebeCuentaHaber
5.157,81910 Beneficios por coberturas de flujos de efectivo
2.500,00912 Transferencia de pérdidas por coberturas de flujos de efectivo
a810 Pérdidas por coberturas de flujos de efectivo95,10
a1340 Cobertura de flujos de efectivo7.562,71

Gasto financiero de 2X24 = 26.250 × 2 + 1.250 × 2 = 55.000,00 €

Ineficacia de 2X24 = 750 + 2.750 = 3.500,00 €

La cuenta 1340 queda con un saldo acreedor igual al valor del swap (2.874,37 €). El gasto financiero de 2X24 queda en el 5,5 % fijo (55.000 €) y la ineficacia, un beneficio de 3.500 €, aparte.

Operaciones del año 2X25

Operación 6

A 31 de julio procede al abono de los intereses y a la liquidación del préstamo.

«A 31 de julio» se entiende 1 de julio: el préstamo se concedió un 1 de julio con intereses semestrales, en 2X24 el enunciado sitúa este mismo pago el 1 de julio y el swap, que se liquida «a su vez» (operación 7), lo hace por contrato el 1 de julio. La «liquidación del préstamo» es la de sus intereses: el principal se reembolsa al vencimiento, el 31-12-2X25 (la «liquidación final» de la operación 8), y aquí no se devuelve.

Los intereses de 2X25 se pagan al tipo vigente el 31-12-2X24, el Euribor de ese día (un 3,80 %) más dos puntos, y se cargan a la cuenta 662 por lo pagado (norma de registro y valoración 9.ª, apartado 3.1.2, del Plan General de Contabilidad, PGC).

Tipo del préstamo en 2X25 = 0,038 + 0,02 = 0,058

Intereses de cada semestre de 2X25 = 1.000.000 × 0,058 / 2 = 29.000,00 €

1-7-2X25 · Intereses del primer semestre
DebeCuentaHaber
29.000,00662 Intereses de deudas
a572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros29.000,00

La transferencia desde el patrimonio neto que deja el gasto financiero del semestre en el 5,5 % va con la liquidación del swap, en la operación 7.

Operación 7

Procede a su vez a la liquidación del swap. El Euribor en dicha fecha está en un 4%.

«Dicha fecha» es el 1 de julio de 2X25 (véase la operación 6). El swap cobra el Euribor del día, un 4 %, más dos puntos, frente al 5,5 % fijo que paga.

Tipo variable del swap el 1-7-2X25 = 0,04 + 0,02 = 0,06

Cobro neto del swap = 1.000.000 × (0,06 − 0,055) / 2 = 2.500,00 €

Mayor interés del préstamo respecto del fijo = 1.000.000 × (0,058 − 0,055) / 2 = 1.500,00 €

Valor en libros de esta liquidación desde el cierre de 2X24 = 1.500 / 1,029 = 1.457,73 €

Parte eficaz = 1.500 − 1.457,73 = 42,27 €

Ineficacia = 2.500 − 1.500 = 1.000,00 €

Aumento del activo antes del cobro = 42,27 + 1.000 = 1.042,27 €

El interés cubierto de este semestre es 1.500 € más caro que al tipo fijo, y esa es la ganancia del swap que la cobertura compensa. El activo que recogía esta liquidación (1.457,73 € en la cuenta 5593) sube hasta esos 1.500 € por el paso del tiempo: es la parte eficaz, al patrimonio neto. Los 1.000 € que el swap cobra por encima son ineficacia: un beneficio que va directamente a resultados, a la cuenta 7633 (norma de registro y valoración 9.ª, apartado 6.4.b, del Plan General de Contabilidad, PGC; movimiento de la cuenta 5593, letra c). Devengado el interés cubierto, los 1.500 € acumulados en el patrimonio neto se transfieren a resultados, minorando el gasto financiero (movimiento de la cuenta 812, letra a4).

1-7-2X25 · Valor del swap al liquidarse: de 1.457,73 a 2.500
DebeCuentaHaber
1.042,275593 Activos por derivados financieros a corto plazo, instrumentos de cobertura
a910 Beneficios por coberturas de flujos de efectivo42,27
a7633 Beneficios de instrumentos de cobertura1.000,00
1-7-2X25 · Liquidación del swap
DebeCuentaHaber
2.500,00572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros
a5593 Activos por derivados financieros a corto plazo, instrumentos de cobertura2.500,00
1-7-2X25 · Transferencia al gasto financiero
DebeCuentaHaber
1.500,00812 Transferencia de beneficios por coberturas de flujos de efectivo
a662 Intereses de deudas1.500,00

Gasto financiero del semestre = 29.000 − 1.500 = 27.500,00 €

Saldo de la cuenta 5593 tras el cobro = 2.874,37 + 1.042,27 − 2.500 = 1.416,64 €

El gasto financiero del semestre queda en el 5,5 % fijo, y en la cuenta 5593 queda la liquidación del 31-12-2X25 (1.416,64 €).

Operación 8

A 31 de diciembre abona los intereses del préstamo y procede a su liquidación final.

Último pago de intereses, al 5,8 % de 2X25, y reembolso del principal a su vencimiento: esa es la «liquidación final» del préstamo, que se da de baja al quedar satisfecha la obligación (norma de registro y valoración 9.ª, apartado 3.4, del Plan General de Contabilidad). El principal está en la cuenta 520 desde la reclasificación del cierre de 2X24 (operación 4).

Intereses del segundo semestre de 2X25 = 1.000.000 × 0,058 / 2 = 29.000,00 €

Pago total = 29.000 + 1.000.000 = 1.029.000,00 €

31-12-2X25 · Intereses del segundo semestre y reembolso del préstamo
DebeCuentaHaber
29.000,00662 Intereses de deudas
1.000.000,00520 Deudas a corto plazo con entidades de crédito
a572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros1.029.000,00

La transferencia desde el patrimonio neto que deja el gasto financiero del semestre en el 5,5 % va con la última liquidación del swap, en la operación 9.

Operación 9

Liquida el swap. El Euribor se mantiene en el 4%.

Última liquidación, el 31-12-2X25: con el Euribor en el 4 %, el swap vuelve a cobrar el 6 % frente al 5,5 % fijo y, con ella, se extingue.

Tipo variable del swap el 31-12-2X25 = 0,04 + 0,02 = 0,06

Cobro neto del swap = 1.000.000 × (0,06 − 0,055) / 2 = 2.500,00 €

Mayor interés del préstamo respecto del fijo = 1.000.000 × (0,058 − 0,055) / 2 = 1.500,00 €

Valor en libros de esta liquidación desde el cierre de 2X24 = 1.500 / 1,0292 = 1.416,64 €

Parte eficaz = 1.500 − 1.416,64 = 83,36 €

Ineficacia = 2.500 − 1.500 = 1.000,00 €

Aumento del activo antes del cobro = 83,36 + 1.000 = 1.083,36 €

Como en la operación 7: el activo que queda en la cuenta 5593 (1.416,64 €) sube hasta los 1.500 € que el interés cubierto del semestre cuesta de más (parte eficaz, al patrimonio neto), los 1.000 € que el swap cobra por encima son ineficacia (cuenta 7633) y los 1.500 € acumulados en el patrimonio neto se transfieren a resultados, minorando el gasto financiero (norma de registro y valoración 9.ª, apartado 6.4.b, del Plan General de Contabilidad, PGC; movimiento de las cuentas 5593, letra c, y 812, letra a4).

31-12-2X25 · Valor del swap al liquidarse: de 1.416,64 a 2.500
DebeCuentaHaber
1.083,365593 Activos por derivados financieros a corto plazo, instrumentos de cobertura
a910 Beneficios por coberturas de flujos de efectivo83,36
a7633 Beneficios de instrumentos de cobertura1.000,00
31-12-2X25 · Liquidación final del swap
DebeCuentaHaber
2.500,00572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros
a5593 Activos por derivados financieros a corto plazo, instrumentos de cobertura2.500,00
31-12-2X25 · Transferencia al gasto financiero
DebeCuentaHaber
1.500,00812 Transferencia de beneficios por coberturas de flujos de efectivo
a662 Intereses de deudas1.500,00

Al cierre se saldan los grupos 8 y 9 contra la cuenta 1340, que traía de 2X24 un saldo acreedor de 2.874,37 €.

Beneficios de 2X25 en la cuenta 910 = 42,27 + 83,36 = 125,63 €

Transferencias de 2X25 en la cuenta 812 = 1.500 × 2 = 3.000,00 €

Cargo neto a la cuenta 1340 = 3.000 − 125,63 = 2.874,37 €

Saldo final de la cuenta 5593 = 1.416,64 + 1.083,36 − 2.500 = 0,00 €

31-12-2X25 · Cierre de los grupos 8 y 9
DebeCuentaHaber
125,63910 Beneficios por coberturas de flujos de efectivo
2.874,371340 Cobertura de flujos de efectivo
a812 Transferencia de beneficios por coberturas de flujos de efectivo3.000,00

Gasto financiero de 2X25 = 29.000 × 2 − 1.500 × 2 = 55.000,00 €

Ineficacia de 2X25 = 1.000 × 2 = 2.000,00 €

El swap y la cuenta 1340 quedan a cero. El gasto financiero de 2X25 queda, como cada año, en el 5,5 % fijo (55.000 €); el desfase entre el Euribor del swap y el del préstamo aparece aparte, como ineficacia: una pérdida de 1.250 € en 2X23 y beneficios de 3.500 € en 2X24 y de 2.000 € en 2X25.

Quien lleve cada liquidación neta del swap al gasto financiero, sin separar la ineficacia, llega al mismo resultado de cada año (56.250 € de gasto neto en 2X23, 51.500 € en 2X24 y 53.000 € en 2X25) y a los mismos saldos del swap y de la cuenta 1340 en cada cierre.

TRABAJO A REALIZAR SUPUESTO NUMERO 3

  • Contabilizar las operaciones del préstamo y del swap correspondientes a los años 2X23, 2X24 y 2X25

En la resolución del supuesto deberá tener en cuenta lo siguiente:

  • No es necesario que utilice las cuentas de los grupos ocho y nueve del Plan General de Contabilidad. No obstante, si lo considera oportuno puede hacerlo.
  • En caso de que el opositor estime que no es necesaria anotación contable en algún punto deberá hacerlo constar.
  • En las respuestas deberán identificarse claramente las cuentas de cargo y de abono, sin que sea suficiente limitarse a señalar códigos de cuentas exclusivamente.
4

Supuesto 4

DISTRIVINOS · Existencias, anticipos y financiación

La sociedad anónima DISTRIVINOS se dedica a la comercialización y venta de vino que adquiere a granel en una bodega de la denominación de origen Jumilla denominada VINOSDEMONASTRELL. El proveedor se encarga de los procesos de fermentación, crianza, embotellado y etiquetado para finalmente ir remitiendo las botellas a DISTRIVINOS. A su vez, VINOSDEMONASTRELL cobrará anualmente a DISTRIVINOS un canon de almacenamiento que depende del volumen de vino depositado.

DISTRIVINOS compromete la compra desde la recolección de la uva. Todo el proceso, desde que es comprometida la compra, hasta que finalmente las botellas son enviadas desde la bodega, conlleva tres años como mínimo.

Las operaciones relacionadas con los años 2X22 a 2X25 son las siguientes:

Año 2X22

Operación 1

VINOSDEMONASTRELL informa que este año puede procesar para DISTRIVINOS un total de 225.000 kg de uva que se convertirán en unas 200.000 botellas de vino definitivas. El precio que ofrece por kg de uva es de 2 euros /KG y comprende todo el proceso hasta el embotellado final.

No procede anotación contable: es una oferta del proveedor, que todavía no obliga a DISTRIVINOS ni altera su patrimonio. De ella sale el precio total de la compra, que usan los puntos siguientes; se fija por kilo de uva, de modo que no depende del número de botellas que resulten.

Precio total = 225.000 × 2 = 450.000,00 €

Operación 2

DISTRIVINOS acepta la oferta de VINOSDEMONASTRELL en las siguientes condiciones: pago inicial de un 30% y el resto se abonará en el momento en que se distribuyan las botellas, previsiblemente en el año 2X25.

No procede anotación contable: la aceptación, que se formaliza el 1 de septiembre (punto 4), da lugar a un compromiso en firme de compra de existencias, que no se refleja en el balance mientras no haya desembolso y del que solo se informa en la memoria (NRV 9.ª.5.3 del Plan General de Contabilidad, PGC, y consulta 4 del BOICAC 115). El primer desembolso es el del punto 5.

Pago inicial = 450.000 × 0,30 = 135.000,00 €

Resto del precio = 450.000 − 135.000 = 315.000,00 €

Operación 3

VINOSDEMONASTRELL acuerda con DISTRIVINOS que, si finalmente adquiere la totalidad del vino comprometido, puede aplicarse un descuento de 15.000 euros que se descontarán del pago inicial. Si no adquiere finalmente el vino comprometido, deberá devolver los 15.000 euros más otros 10.000 euros en concepto de penalización por no atender a los compromisos pactados.

No procede anotación contable: el acuerdo solo fija condiciones del compromiso de compra. El descuento de 15.000 € se aplica en el pago inicial (punto 5) y se consolida si DISTRIVINOS adquiere todo el vino comprometido, lo que depende de ella y es lo que prevé hacer: se reconocerá como menor precio de la compra cuando reciba las botellas (punto 15). Por la misma razón no se provisiona la devolución ni la penalización de 10.000 €: mientras no haya incumplimiento no existe una obligación que cumpla los criterios de reconocimiento de un pasivo (NRV 15.ª.1 PGC).

Precio con el descuento = 450.000 − 15.000 = 435.000,00 €

Importe a pagar si no se adquiere todo el vino = 15.000 + 10.000 = 25.000,00 €

Operación 4

Con fecha 1 de septiembre de 2X22 se formaliza la operación de compromiso de compra. Para poder realizar el primer pago, DISTRIVINOS solicita de una entidad bancaria un crédito a 3 años por un nominal de 120.000 euros un tipo de interés de un 2% pagadero anualmente. El principal se reembolsará al vencimiento.

La formalización del compromiso de compra no requiere anotación: sigue siendo un compromiso en firme sin desembolso (NRV 9.ª.5.3 PGC); el pago es el punto 5. Sí se anota la financiación. El enunciado dice que DISTRIVINOS «solicita» un crédito, al que después llama préstamo: se supone concedido y dispuesto por entero el mismo 1-9-2X22, sin gastos de formalización y con intereses anuales pagaderos por vencido cada 1 de septiembre.

Es un pasivo financiero a coste amortizado: sin costes de transacción, el tipo de interés efectivo es el contractual, el 2 %, y la deuda se mantiene por su nominal (NRV 9.ª.3.1 PGC). El principal vence el 1-9-2X25, a más de doce meses, y va al largo plazo.

1-9-2X22 · Obtención del préstamo
DebeCuentaHaber
120.000,00572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros
a170 Deudas a largo plazo con entidades de crédito120.000,00

Al cierre se periodifican los intereses devengados y no vencidos, cuatro meses, con el tipo equivalente en capitalización compuesta, que es el coherente con el tipo de interés efectivo (el reparto lineal, 800,00 €, es una aproximación). Son gasto del ejercicio: aunque el préstamo financia el pago a cuenta de un vino que tarda más de un año en estar en condiciones de venta, los gastos financieros de los anticipos a largo plazo entregados a cuenta de adquisiciones futuras no se capitalizan (NRV 10.ª.1 PGC y norma novena.9 de la Resolución del ICAC de 14 de abril de 2015).

Intereses anuales = 120.000 × 0,02 = 2.400,00 €

Intereses de septiembre a diciembre = 120.000 × (1,024/12 − 1) = 794,73 €

31-12-2X22 · Intereses devengados y no vencidos
DebeCuentaHaber
794,73662 Intereses de deudas
a527 Intereses a corto plazo de deudas con entidades de crédito794,73

Operación 5

En la misma fecha, DISTRIVINOS abona por transferencia bancaria a VINOSDEMONASTRELL el pago inicial: 135.000 euros de los que descuenta los 15.000 euros por el compromiso adquirido.

Lo pagado a cuenta de la compra es un anticipo a proveedores, que se valora por su coste, el importe entregado (NRV 10.ª.1 PGC). El descuento de 15.000 € reduce desde ahora lo que se paga, así que el anticipo nace por 120.000 €; el descuento se reconocerá como menor precio de la compra al recibir las botellas (punto 15). El anticipo se mantiene por lo entregado hasta entonces: el enunciado no da un tipo de interés del proveedor con el que actualizarlo. Se prescinde del IVA, que el enunciado no menciona.

Pago inicial = 450.000 × 0,30 = 135.000,00 €

Transferencia = 135.000 − 15.000 = 120.000,00 €

1-9-2X22 · Pago inicial a VINOSDEMONASTRELL
DebeCuentaHaber
120.000,00407 Anticipos a proveedores
a572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros120.000,00

Operación 6

El 1 de octubre VINOSDEMONASTRELL informa a DISTRIVINOS que una vez triturada la uva y realizada la primera fermentación estiman que finalmente el volumen de vino obtenido permitirá el relleno de 180.000 botellas, es decir, 20.000 botellas menos de las previstas. El precio de compra total no sufre variación.

No procede anotación contable: es un aviso sobre el rendimiento de la uva, que no cambia lo pagado ni lo comprometido. Como el precio total no varía, el mismo coste se repartirá entre 180.000 botellas y no entre 200.000: cada botella sale más cara, lo que se recoge al registrar la compra y valorar las existencias. El compromiso tampoco se vuelve oneroso, porque el coste por botella sigue muy por debajo de los 5 € de venta previstos.

Precio por botella previsto = 450.000 / 200.000 = 2,25 €

Precio por botella tras el aviso = 450.000 / 180.000 = 2,50 €

Año 2X23

Operación 7

El 1 de septiembre abona los intereses del préstamo

Con el pago del 1-9-2X23 se cancelan los intereses periodificados al cierre de 2X22 (punto 4) y el resto es gasto de 2X23 (NRV 9.ª.3.1 PGC).

Intereses anuales = 120.000 × 0,02 = 2.400,00 €

Periodificados a 31-12-2X22 = 120.000 × (1,024/12 − 1) = 794,73 €

Intereses de enero a agosto de 2X23 = 2.400 − 794,73 = 1.605,27 €

1-9-2X23 · Pago de los intereses
DebeCuentaHaber
794,73527 Intereses a corto plazo de deudas con entidades de crédito
1.605,27662 Intereses de deudas
a572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros2.400,00

Al cierre se periodifican de nuevo los cuatro meses devengados desde el pago. El principal sigue en el largo plazo: vence el 1-9-2X25, a más de doce meses.

31-12-2X23 · Intereses devengados y no vencidos
DebeCuentaHaber
794,73662 Intereses de deudas
a527 Intereses a corto plazo de deudas con entidades de crédito794,73

Operación 8

A 31 de diciembre El proveedor emite una factura por valor de 20.000 euros en concepto de depósito de la mercancía comprada. DISTRIVINOS abona el importe por transferencia bancaria.

El canon retribuye el depósito del vino durante la crianza, que forma parte de su elaboración y es anterior a que las botellas estén en condiciones de venderse: es mayor precio de adquisición, que incluye los gastos adicionales hasta que los bienes se hallen ubicados para su venta (NRV 10.ª.1.1 PGC); los gastos de almacenamiento solo quedan fuera del coste cuando no son necesarios en el proceso productivo (criterio de la norma octava.4 de la Resolución del ICAC de 14 de abril de 2015, cuya norma decimotercera.3.4.2 cuenta la crianza entre los costes del vino). El enunciado habla de «mercancía comprada», pero las botellas siguen comprometidas y sin entregar: lo pagado por ellas se acumula en el anticipo y pasará a la compra en 2X25 (punto 15). Se prescinde del IVA, que el enunciado no menciona.

Anticipo acumulado a 31-12-2X23 = 120.000 + 20.000 = 140.000,00 €

31-12-2X23 · Canon de depósito del vino en crianza
DebeCuentaHaber
20.000,00407 Anticipos a proveedores
a572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros20.000,00

Año 2X24

Operación 9

Con fecha 1 de julio formaliza un contrato de compraventa de 30.000 botellas con un cliente, que se suministrarán en cuanto estén disponibles a un precio de 5 euros cada una.

No procede anotación contable: la firma del contrato es un compromiso en firme de venta (NRV 9.ª.5.3 PGC). No se ha transferido al cliente el control de ninguna botella, así que no hay ingreso (NRV 14.ª.2 PGC), y el cobro a cuenta es el punto 10. De aquí sale el precio del contrato.

Precio del contrato = 30.000 × 5 = 150.000,00 €

Operación 10

El cliente paga a la empresa un 40% del contrato mediante transferencia bancaria

El enunciado no fecha el cobro: se supone hecho al firmar el contrato, el 1-7-2X24. Lo cobrado antes de entregar las botellas es un anticipo de clientes, un pasivo por ese importe hasta que se transfieran los bienes (artículo 28.1 de la Resolución del ICAC de 10 de febrero de 2021). No se separa componente financiero: entre el cobro y la entrega prevista, en 2X25, no media más de un año (artículo 14.4 de esa Resolución). Se prescinde del IVA, que el enunciado no menciona.

Anticipo = 150.000 × 0,40 = 60.000,00 €

Pendiente de cobro del contrato = 150.000 − 60.000 = 90.000,00 €

1-7-2X24 · Anticipo del cliente
DebeCuentaHaber
60.000,00572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros
a438 Anticipos de clientes60.000,00

Operación 11

El 1 de septiembre abona los intereses del préstamo y reembolsa anticipadamente la mitad del mismo. La entidad bancaria no le cobra penalización por el pago anticipado.

El 1-9-2X24 se pagan los intereses del año, calculados sobre los 120.000 €, y se devuelven 60.000 €. Sin penalización, lo pagado coincide con el valor en libros de la parte cancelada y la baja no da resultado (NRV 9.ª.3.4 PGC). El principal seguía en el largo plazo, porque al cierre de 2X23 vencía a más de doce meses y el reembolso anticipado no estaba previsto.

Intereses anuales sobre 120.000 € = 120.000 × 0,02 = 2.400,00 €

Periodificados a 31-12-2X23 = 120.000 × (1,024/12 − 1) = 794,73 €

Intereses de enero a agosto de 2X24 = 2.400 − 794,73 = 1.605,27 €

Reembolso anticipado = 120.000 / 2 = 60.000,00 €

Pago del 1-9-2X24 = 2.400 + 60.000 = 62.400,00 €

1-9-2X24 · Pago de los intereses y reembolso anticipado de la mitad
DebeCuentaHaber
794,73527 Intereses a corto plazo de deudas con entidades de crédito
1.605,27662 Intereses de deudas
60.000,00170 Deudas a largo plazo con entidades de crédito
a572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros62.400,00

Al cierre de 2X24 se periodifican los intereses de los 60.000 € que quedan y, como vencen el 1-9-2X25, dentro de los doce meses siguientes, se reclasifican al corto plazo.

Principal pendiente = 120.000 − 60.000 = 60.000,00 €

Intereses de septiembre a diciembre = 60.000 × (1,024/12 − 1) = 397,36 €

31-12-2X24 · Intereses devengados y no vencidos
DebeCuentaHaber
397,36662 Intereses de deudas
a527 Intereses a corto plazo de deudas con entidades de crédito397,36
31-12-2X24 · Reclasificación al corto plazo
DebeCuentaHaber
60.000,00170 Deudas a largo plazo con entidades de crédito
a520 Deudas a corto plazo con entidades de crédito60.000,00

Operación 12

A 31 de diciembre, VINOSDEMONASTRELL emite factura por 20.000 euros en concepto de depósito de la mercancía que DISTRIVINOS abona mediante transferencia.

Mismo criterio que el canon de 2X23 (punto 8): retribuye el depósito del vino durante la crianza, es mayor precio de adquisición (NRV 10.ª.1.1 PGC) y, sin botellas entregadas todavía, se acumula en el anticipo.

Anticipo acumulado a 31-12-2X24 = 120.000 + 20.000 + 20.000 = 160.000,00 €

31-12-2X24 · Canon de depósito del vino en crianza
DebeCuentaHaber
20.000,00407 Anticipos a proveedores
a572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros20.000,00

Año 2X25

Operación 13

El cliente del contrato del año 2X24 le ofrece a la empresa la oportunidad de abonar una parte restante del contrato si se le aplica un descuento de un 10% sobre la cantidad abonada en el punto 10 y sobre la que pague ahora adicionalmente.

No procede anotación contable: es una oferta del cliente, que no modifica el contrato mientras DISTRIVINOS no la acepte (punto 14). «Una parte restante del contrato» se lee como una parte del importe pendiente de cobro, que es el precio menos el anticipo del punto 10.

Pendiente de cobro antes de la oferta = 150.000 − 60.000 = 90.000,00 €

Operación 14

La empresa acepta la oferta y recibe una transferencia de 50.000 euros en su cuenta bancaria con fecha 15 de febrero de 2X25.

Aceptar la oferta es una modificación del contrato que solo cambia el precio (artículo 5.1 de la Resolución del ICAC de 10 de febrero de 2021). No hay bienes nuevos ni se ha entregado ninguna botella, así que lo ya cobrado y lo acordado ahora forman el precio de las botellas pendientes, que será ingreso al entregarlas (artículo 5.3.a). El descuento es el 10 % de lo cobrado en el punto 10 y de lo que se cobra ahora; se entiende que los 50.000 € son el pago adicional sobre el que se calcula y que el descuento rebaja el resto pendiente. Lo cobrado sigue siendo anticipo hasta la entrega (artículo 28.1).

Descuento = (60.000 + 50.000) × 0,10 = 11.000,00 €

Nuevo precio del contrato = 150.000 − 11.000 = 139.000,00 €

Anticipos recibidos = 60.000 + 50.000 = 110.000,00 €

Pendiente de cobro = 139.000 − 110.000 = 29.000,00 €

15-2-2X25 · Segundo anticipo del cliente
DebeCuentaHaber
50.000,00572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros
a438 Anticipos de clientes50.000,00

Operación 15

Con fecha 1 de mayo, VINOSDEMONASTRELL comunica a la empresa que las botellas comprometidas ya están disponibles para su distribución.

Con la puesta a disposición DISTRIVINOS adquiere el control de las 180.000 botellas, aunque sigan físicamente en la bodega: desde ese día decide su destino, enviarlas al cliente o dejarlas en depósito (puntos 16 y 17), y la posesión física puede no coincidir con el control (NRV 14.ª.2.2.b PGC). Se registra la compra, se cancela el anticipo y nace la deuda por el 70 % restante, que según el punto 2 se paga al distribuir las botellas; el enunciado no da ese pago y la deuda queda en proveedores. La compra incluye los cánones de la crianza acumulados en el anticipo (NRV 10.ª.1.1 PGC). Adquirido todo el vino comprometido, el descuento de 15.000 € se consolida y se abona en «Rappels» por compras, por estar ligado al volumen adquirido. Se prescinde del IVA, que el enunciado no menciona.

Precio pactado = 225.000 × 2 = 450.000,00 €

Compra = 450.000 + 20.000 + 20.000 = 490.000,00 €

Anticipo acumulado = 120.000 + 20.000 + 20.000 = 160.000,00 €

Resto del precio = 450.000 − 135.000 = 315.000,00 €

Coste de las 180.000 botellas = 490.000 − 15.000 = 475.000,00 €

1-5-2X25 · Compra de las 180.000 botellas
DebeCuentaHaber
490.000,00600 Compras de mercaderías
a609 «Rappels» por compras15.000,00
a407 Anticipos a proveedores160.000,00
a400 Proveedores315.000,00

Operación 16

DISTRIVINOS se encarga de remitir las botellas comprometidas al cliente. Se remiten directamente desde el origen soportando DISTRIVINOS los gastos de transporte que ascienden a 3.500 euros, que abona mediante transferencia al transportista.

Las «botellas comprometidas al cliente» son las 30.000 del contrato del punto 9. El enunciado no fecha el envío: se sitúa a continuación del aviso del 1 de mayo. El ingreso se reconoce cuando el cliente obtiene el control de las botellas, al recibirlas (NRV 14.ª.2 PGC y artículo 10 de la Resolución del ICAC de 10 de febrero de 2021), por el precio que dejó la modificación del punto 14: se cancelan los anticipos y el resto queda como crédito, porque el enunciado no da su cobro. Se prescinde del IVA, que el enunciado no menciona.

Precio del contrato tras el descuento = 150.000 − 11.000 = 139.000,00 €

Anticipos recibidos = 60.000 + 50.000 = 110.000,00 €

Pendiente de cobro = 139.000 − 110.000 = 29.000,00 €

2X25 · Entrega de las 30.000 botellas al cliente
DebeCuentaHaber
110.000,00438 Anticipos de clientes
29.000,00430 Clientes
a700 Ventas de mercaderías139.000,00

El transporte hasta el cliente es un gasto de la venta, no mayor coste de las botellas: se produce cuando ya están en condiciones de venderse (NRV 10.ª.1.1 PGC), y la cuenta 624 recoge los transportes de ventas.

2X25 · Transporte de las botellas enviadas al cliente
DebeCuentaHaber
3.500,00624 Transportes
a572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros3.500,00

El coste de las 30.000 botellas vendidas no se anota aquí: sale del resultado con el registro de las existencias finales al cierre.

Operación 17

El resto de la mercancía queda en depósito en DISTRIVINOS hasta su retirada, VINOSDEMONASTRELL emite a DISTRIVINOS una factura por 17.000 euros por gastos de depósito y conservación de las botellas que aún permanecen en sus bodegas.

El enunciado dice que el resto «queda en depósito en DISTRIVINOS», pero la factura es de la bodega por las botellas que siguen «en sus bodegas»: se entiende que las 150.000 botellas quedan depositadas en VINOSDEMONASTRELL. Guardar y conservar botellas ya terminadas y listas para la venta es gasto del ejercicio: el precio de adquisición solo admite gastos hasta que los bienes están ubicados para su venta (NRV 10.ª.1.1 PGC), y los de almacenamiento solo son coste cuando son necesarios en el proceso productivo (criterio de la norma octava.4 de la Resolución del ICAC de 14 de abril de 2015), que aquí ha terminado. El enunciado no fecha la factura ni dice que se pague: queda la deuda con el acreedor. Se prescinde del IVA.

Botellas en depósito = 180.000 − 30.000 = 150.000

2X25 · Depósito y conservación de las botellas terminadas
DebeCuentaHaber
17.000,00629 Otros servicios
a410 Acreedores por prestaciones de servicios17.000,00

Operación 18

El 1 de septiembre DISTRIVINOS procede al abono de los intereses y a la cancelación del préstamo con la entidad.

Al vencimiento se pagan los intereses del último año, calculados sobre los 60.000 € pendientes, y se devuelve el principal, que estaba en el corto plazo desde el cierre de 2X24 (punto 11). Lo pagado coincide con el valor en libros de la deuda y la baja no da resultado (NRV 9.ª.3.4 PGC).

Intereses anuales sobre 60.000 € = 60.000 × 0,02 = 1.200,00 €

Periodificados a 31-12-2X24 = 60.000 × (1,024/12 − 1) = 397,36 €

Intereses de enero a agosto de 2X25 = 1.200 − 397,36 = 802,64 €

Pago del 1-9-2X25 = 1.200 + 60.000 = 61.200,00 €

1-9-2X25 · Pago de los intereses y cancelación del préstamo
DebeCuentaHaber
397,36527 Intereses a corto plazo de deudas con entidades de crédito
802,64662 Intereses de deudas
60.000,00520 Deudas a corto plazo con entidades de crédito
a572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros61.200,00

TRABAJO A REALIZAR SUPUESTO NUMERO 4

  • Anotaciones contables en DISTRIVINOS relacionadas con las operaciones reseñadas en los puntos 1 a 18 anteriores y correspondientes a los años 2X22, 2X23, 2X24 y 2X25.
  • Valoración de las existencias finales de mercaderías teniendo en cuenta que el precio de venta previsto por cada botella asciende a 5 euros /botella

En la resolución del supuesto deberá tener en cuenta lo siguiente:

  • No es necesario que utilice las cuentas de los grupos ocho y nueve del Plan General de Contabilidad. No obstante, si lo considera oportuno puede hacerlo.
  • En caso de que el opositor estime que no es necesaria anotación contable en algún punto deberá hacerlo constar.
  • En las respuestas deberán identificarse claramente las cuentas de cargo y de abono, sin que sea suficiente limitarse a señalar códigos de cuentas exclusivamente.

Valoración de las existencias finales

Las existencias finales son las 150.000 botellas que siguen en depósito en la bodega. Se valoran por su coste, el precio de adquisición del punto 15 repartido por igual entre las 180.000 botellas obtenidas, salvo que su valor neto realizable sea inferior (NRV 10.ª.1 y 2 PGC). El valor neto realizable es el precio de venta menos los costes de venderlas, que se estiman con el transporte del envío del punto 16.

Coste de las 180.000 botellas = 450.000 + 20.000 + 20.000 − 15.000 = 475.000,00 €

Botellas finales = 180.000 − 30.000 = 150.000

Coste por botella = 475.000 / 180.000 = 2,6389 €

Existencias finales = 475.000 × 150.000 / 180.000 = 395.833,33 €

Coste de venta por botella = 3.500 / 30.000 = 0,1167 €

Valor neto realizable por botella = 5 − 0,1167 = 4,8833 €

El valor neto realizable, 4,88 € por botella, supera con holgura el coste, 2,64 €: no hay deterioro y las existencias finales se valoran en 395.833,33 €. Al cierre se dan de alta; como no había existencias iniciales, con este asiento queda en el resultado el coste de las 30.000 botellas vendidas.

Coste de las botellas vendidas = 475.000 − 395.833,33 = 79.166,67 €

31-12-2X25 · Existencias finales de mercaderías
DebeCuentaHaber
395.833,33300 Mercaderías
a610 Variación de existencias de mercaderías395.833,33
5

Supuesto 5

TECNOLOGIAS REUNIDAS S.L. · IVA y regla de prorrata

TECNOLOGIAS REUNIDAS es una entidad mercantil con domicilio social en territorio español, y que a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido realiza dos tipos de actividades: ACTIVIDAD 1 (Sujeta y Exenta) ACTIVIDAD 2 (Sujeta). Durante el ejercicio 2X25 y anteriores viene aplicando la prorrata general, estando las operaciones sujetas al tipo impositivo del 21 %.

Las operaciones con transcendencia a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido durante el ejercicio 2X25 han sido las siguientes (todas realizadas a través de banco):

Operación 1

OPERACIONES ACTIVIDAD 1 (Sujeta y Exenta)

  • Ventas en territorio español: 10.000.000 euros.

La actividad 1 está sujeta y exenta. Se entiende que es una exención interior del art. 20 de la Ley 37/1992, del IVA (LIVA), que no da derecho a deducir porque no figura entre las operaciones del art. 94.Uno LIVA: por eso la empresa está en prorrata (art. 102.Uno LIVA). Sus ventas no repercuten IVA. El enunciado no dice qué vende esta actividad: se usa la cuenta 700 (si fueran servicios, la 705).

2X25 · Ventas de la actividad 1, exentas sin derecho a deducir
DebeCuentaHaber
10.000.000,00572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros
a700 Ventas de mercaderías10.000.000,00

Estas ventas entran solo en el denominador de la prorrata (art. 104.Dos.2.º LIVA). El porcentaje definitivo de 2X25 se calcula en la operación 2, cuando se conocen también las ventas de la otra actividad.

Operación 2

OPERACIONES ACTIVIDAD 2 (Sujeta)

  • Ventas en territorio español: 5.000.000 euros
  • Ventas a Francia: 3.000.000 euros
  • Ventas a Canada: 4.000.000 euros

Las ventas interiores de la actividad 2 repercuten el 21 %. Las de Francia son entregas intracomunitarias exentas (art. 25.Uno de la Ley 37/1992, del IVA, LIVA) y las de Canadá («Canada» en el enunciado), país tercero, exportaciones exentas (art. 21 LIVA): no llevan IVA, pero dan derecho a deducir (art. 94.Uno.1.º.c LIVA). Se supone que los compradores franceses son empresarios identificados a efectos del IVA en Francia y que los bienes se transportan a uno y otro destino. El IVA repercutido no forma parte del ingreso (NRV 12.ª del Plan General de Contabilidad, PGC). La actividad 2 fabrica maquinaria (operación 5), así que sus ventas van a la cuenta 701. Los importes se toman sin IVA.

IVA de las ventas interiores de la actividad 2 = 5.000.000 × 21 % = 1.050.000,00 €

Cobro de las ventas interiores de la actividad 2 = 5.000.000 + 1.050.000 = 6.050.000,00 €

2X25 · Ventas interiores de la actividad 2
DebeCuentaHaber
6.050.000,00572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros
a701 Ventas de productos terminados5.000.000,00
a477 Hacienda Pública, IVA repercutido1.050.000,00
2X25 · Entregas intracomunitarias a Francia, exentas
DebeCuentaHaber
3.000.000,00572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros
a701 Ventas de productos terminados3.000.000,00
2X25 · Exportaciones a Canadá, exentas
DebeCuentaHaber
4.000.000,00572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros
a701 Ventas de productos terminados4.000.000,00

Con las ventas de las dos actividades se calcula la prorrata definitiva de 2X25. En el numerador van las operaciones que dan derecho a deducir, incluidas las exentas de los arts. 21 y 25, y en el denominador todas, sin el IVA; el resultado se redondea a la unidad superior (art. 104.Dos y Tres.2.º LIVA). No se computan la venta de la maquinaria de la operación 7 ni el autoconsumo de la operación 5 (art. 104.Tres.3.º y 6.º LIVA).

Operaciones con derecho a deducir = 5.000.000 + 3.000.000 + 4.000.000 = 12.000.000,00 €

Total de operaciones = 10.000.000 + 12.000.000 = 22.000.000,00 €

Prorrata definitiva de 2X25 = 12.000.000 / 22.000.000 = 0,5455, que se redondea a la unidad superior: 55 %

Hasta conocer ese porcentaje, durante 2X25 se deduce con el provisional, que es el definitivo del año anterior: el 42 % de 2X24 (art. 105.Uno LIVA). El enunciado no dice qué porcentaje se aplicó durante el año; se toma ese, que es el dato que da tras el punto 7. En la última declaración-liquidación del año las deducciones provisionales se regularizan al 55 % (art. 105.Cuatro LIVA). Esa regularización recae sobre las cuotas soportadas, no sobre las ventas, y se registra en la operación de la que nace cada cuota (3, 4 y 5).

Operación 3

Se adquieren, en territorio español diversas materias primas por importe de 2.500.000 euros, que con un descuento incluido en factura de 5.000 euros. Por lo delicada de las materias, vienen en unos envases especiales cuyo importe es de 50.000 euros y que tienen prevista su devolución. Finalmente, sólo se devuelven envases por importe de 40.000 euros, debido a que el resto de envases en el desembalaje se deterioraron. Se solicita efectuar el pago a 60 días, por lo que el proveedor le gira intereses por importe de 5.000 euros.

«Que con un descuento incluido en factura» se lee como un descuento de 5.000 € que rebaja los 2.500.000 €; los importes se toman sin IVA. El descuento en factura minora el precio de adquisición (NRV 10.ª.1.1 del Plan General de Contabilidad, PGC) y no entra en la base del IVA (art. 78.Tres.2.º de la Ley 37/1992, del IVA, LIVA); los envases sí entran, aunque se puedan devolver (art. 78.Dos.6.º LIVA). Durante el año se deduce con la prorrata provisional, el 42 % definitivo de 2X24 (art. 105.Uno LIVA), y el IVA no deducible es mayor precio de adquisición (NRV 12.ª PGC). La parte no deducible del IVA de los envases acompaña a su importe en la cuenta 406, porque se recupera al devolverlos. Como el pago se aplaza, la deuda pasa por la cuenta 400.

Materias primas = 2.500.000 − 5.000 = 2.495.000,00 €

IVA soportado = (2.495.000 + 50.000) × 21 % = 534.450,00 €

IVA deducible con la prorrata provisional = 534.450 × 42 % = 224.469,00 €

Parte no deducible = 1 − 0,42 = 0,58

IVA no deducible de las materias primas = 2.495.000 × 21 % × 0,58 = 303.891,00 €

IVA no deducible de los envases = 50.000 × 21 % × 0,58 = 6.090,00 €

Compras de materias primas = 2.495.000 + 303.891 = 2.798.891,00 €

Envases a devolver = 50.000 + 6.090 = 56.090,00 €

Deuda con el proveedor = 2.495.000 + 50.000 + 534.450 = 3.079.450,00 €

2X25 · Compra de las materias primas con envases a devolver
DebeCuentaHaber
2.798.891,00601 Compras de materias primas
56.090,00406 Envases y embalajes a devolver a proveedores
224.469,00472 Hacienda Pública, IVA soportado
a400 Proveedores3.079.450,00

Los envases devueltos reducen la base (art. 80.Uno.1.º LIVA): el proveedor abona su importe con el IVA y la empresa rectifica la deducción que practicó. Los deteriorados ya no se pueden devolver y pasan a la cuenta 602 (PGC, movimiento de la cuenta 406); su IVA sigue siendo soportado.

IVA de los envases devueltos = 40.000 × 21 % = 8.400,00 €

Abono del proveedor = 40.000 + 8.400 = 48.400,00 €

Deducción que se rectifica = 8.400 × 42 % = 3.528,00 €

Envases devueltos en la 406 = 40.000 + 8.400 − 3.528 = 44.872,00 €

Envases deteriorados en la 406 = 56.090 − 44.872 = 11.218,00 €

2X25 · Devolución de envases
DebeCuentaHaber
48.400,00400 Proveedores
a406 Envases y embalajes a devolver a proveedores44.872,00
a472 Hacienda Pública, IVA soportado3.528,00
2X25 · Envases deteriorados
DebeCuentaHaber
11.218,00602 Compras de otros aprovisionamientos
a406 Envases y embalajes a devolver a proveedores11.218,00

Los intereses del aplazamiento posterior a la entrega no forman parte de la base si constan por separado en la factura y no exceden de los usuales en el mercado, lo que se supone (art. 78.Dos.1.º, párrafos segundo a cuarto, LIVA): retribuyen una operación financiera exenta, sin IVA, y son un gasto financiero, no mayor coste de las materias (NRV 10.ª.1.1 PGC). Se supone también que los 60 días vencen dentro de 2X25.

Pago de la factura = 3.079.450 − 48.400 = 3.031.050,00 €

Pago total a los 60 días = 3.031.050 + 5.000 = 3.036.050,00 €

2X25 · Pago al proveedor a los 60 días, con los intereses
DebeCuentaHaber
3.031.050,00400 Proveedores
5.000,00662 Intereses de deudas
a572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros3.036.050,00

En la última declaración-liquidación del año se aplica la prorrata definitiva del 55 % (operación 2) al IVA soportado neto de la devolución (art. 105.Cuatro LIVA). La mayor deducción va a la cuenta 6391 y no altera el coste de las compras (NRV 12.ª PGC).

IVA soportado neto = 534.450 − 8.400 = 526.050,00 €

Deducción definitiva = 526.050 × 55 % = 289.327,50 €

Deducción practicada = 224.469 − 3.528 = 220.941,00 €

Regularización a favor de la empresa = 289.327,50 − 220.941 = 68.386,50 €

31-12-2X25 · Regularización de la prorrata
DebeCuentaHaber
68.386,50472 Hacienda Pública, IVA soportado
a6391 Ajustes positivos en IVA de activo corriente68.386,50

Operación 4

A un proveedor italiano, en el mes de marzo, se le adquieren materias primas por importe de 1.500.000 euros, para el envío de estas materias, el proveedor solicita un anticipo del 50 % del importe de la mercancía. Finalmente, en el mes de mayo se reciben las mercancías y se abona el resto.

Se supone que el proveedor es un empresario y que las materias se expiden desde Italia, por ese importe sin IVA: la compra es una adquisición intracomunitaria de bienes (arts. 13.1.ª y 15.Uno de la Ley 37/1992, del IVA, LIVA). El anticipo no devenga IVA, porque en estas adquisiciones no rige el devengo por pagos anticipados (art. 76, párrafo segundo, LIVA). Se registra en la cuenta 407.

Anticipo = 1.500.000 × 50 % = 750.000,00 €

Marzo de 2X25 · Anticipo al proveedor italiano
DebeCuentaHaber
750.000,00407 Anticipos a proveedores
a572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros750.000,00

Con la recepción, en mayo, se realiza la adquisición, y la empresa, que es el sujeto pasivo (art. 85 LIVA), se autorrepercute el IVA sobre el precio total (art. 82.Uno LIVA). Lo deduce con la prorrata provisional, el 42 % definitivo de 2X24 (art. 105.Uno LIVA), y la parte no deducible es mayor precio de las materias primas (NRV 12.ª del Plan General de Contabilidad, PGC).

IVA autorrepercutido = 1.500.000 × 21 % = 315.000,00 €

IVA deducible con la prorrata provisional = 315.000 × 42 % = 132.300,00 €

IVA no deducible = 315.000 − 132.300 = 182.700,00 €

Compras de materias primas = 1.500.000 + 182.700 = 1.682.700,00 €

Pago del resto = 1.500.000 − 750.000 = 750.000,00 €

Mayo de 2X25 · Recepción de las materias primas y pago del resto
DebeCuentaHaber
1.682.700,00601 Compras de materias primas
132.300,00472 Hacienda Pública, IVA soportado
a407 Anticipos a proveedores750.000,00
a572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros750.000,00
a477 Hacienda Pública, IVA repercutido315.000,00

En la última declaración-liquidación del año la deducción se regulariza a la prorrata definitiva del 55 % (operación 2; art. 105.Cuatro LIVA). La mayor deducción va a la cuenta 6391 y no altera el coste de las compras (NRV 12.ª PGC).

Deducción definitiva = 315.000 × 55 % = 173.250,00 €

Regularización a favor de la empresa = 173.250 − 132.300 = 40.950,00 €

31-12-2X25 · Regularización de la prorrata
DebeCuentaHaber
40.950,00472 Hacienda Pública, IVA soportado
a6391 Ajustes positivos en IVA de activo corriente40.950,00

Operación 5

Al ser una empresa que se dedica, en la actividad sujeta a la construcción e instalación de maquinaria de precisión, decide fabricar un prototipo para su propio consumo. En este prototipo se ha incurrido en los siguientes gastos:

  • Componentes: 800.000 euros
  • Mano de obra propia: 500.000 euros
  • Contrataciones externas: 300.000 euros
  • Otras materias primas: 100.000 euros

Destinar a su inmovilizado una máquina fabricada por la propia empresa es un autoconsumo interno sujeto al IVA, porque con la prorrata general no podría deducir todo el IVA si la comprara a un tercero (art. 9.1.º.d de la Ley 37/1992, del IVA, LIVA). Por eso el IVA de lo que compra para fabricarla se deduce entero, sin prorrata (art. 102.Dos LIVA). La mano de obra propia no lleva IVA. Se supone que los componentes, las contrataciones externas y las otras materias primas se adquieren en 2X25 en territorio español, por esos importes sin IVA, y que la mano de obra se paga por su importe íntegro, porque el enunciado no da retenciones ni cotizaciones.

IVA de las compras para el prototipo = (800.000 + 300.000 + 100.000) × 21 % = 252.000,00 €

Pagos = 800.000 + 500.000 + 300.000 + 100.000 + 252.000 = 1.952.000,00 €

2X25 · Gastos del prototipo, en resumen
DebeCuentaHaber
800.000,00602 Compras de otros aprovisionamientos
500.000,00640 Sueldos y salarios
300.000,00607 Trabajos realizados por otras empresas
100.000,00601 Compras de materias primas
252.000,00472 Hacienda Pública, IVA soportado
a572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros1.952.000,00

Al afectar el prototipo como bien de inversión, la empresa se autorrepercute el IVA sobre su coste, gastos de personal incluidos (art. 79.Tres.2.ª LIVA), y lo deduce con la prorrata provisional, el 42 % definitivo de 2X24 (art. 105.Uno LIVA). La máquina se activa por su coste con abono a la cuenta 731, y el IVA no deducible se suma al coste (NRV 12.ª del Plan General de Contabilidad, PGC).

Base imponible del autoconsumo = 800.000 + 500.000 + 300.000 + 100.000 = 1.700.000,00 €

IVA autorrepercutido = 1.700.000 × 21 % = 357.000,00 €

IVA deducible con la prorrata provisional = 357.000 × 42 % = 149.940,00 €

IVA no deducible = 357.000 − 149.940 = 207.060,00 €

Valor del prototipo = 1.700.000 + 207.060 = 1.907.060,00 €

2X25 · Puesta en funcionamiento del prototipo
DebeCuentaHaber
1.907.060,00213 Maquinaria
149.940,00472 Hacienda Pública, IVA soportado
a731 Trabajos realizados para el inmovilizado material1.700.000,00
a477 Hacienda Pública, IVA repercutido357.000,00

El enunciado no da la fecha de puesta en funcionamiento ni la vida útil: se supone que el prototipo queda terminado y afectado dentro de 2X25 y, a falta de esos dos datos, no se calcula amortización de ese año. Si al cierre siguiera en curso, se cargaría a la cuenta 233 con abono a la 733 por 1.700.000 € y el autoconsumo se devengaría al afectarlo (art. 75.Uno.5.º LIVA).

En la última declaración-liquidación del año la deducción se regulariza a la prorrata definitiva del 55 % (operación 2; art. 105.Cuatro LIVA), con abono a la cuenta 6392 por tratarse de inmovilizado y sin tocar el valor de la máquina (NRV 12.ª PGC). El autoconsumo no entra en el cálculo de la prorrata (art. 104.Tres.6.º LIVA).

Deducción definitiva = 357.000 × 55 % = 196.350,00 €

Regularización a favor de la empresa = 196.350 − 149.940 = 46.410,00 €

31-12-2X25 · Regularización de la prorrata del autoconsumo
DebeCuentaHaber
46.410,00472 Hacienda Pública, IVA soportado
a6392 Ajustes positivos en IVA de inversiones46.410,00

Esa deducción de 196.350 € queda sujeta a la regularización de bienes de inversión de 2X26 a 2X29 (art. 107.Uno LIVA).

Operación 6

Un vehículo dedicado al transporte por carretera, que fue adquirido el 1 de enero de 2X23 por importe de 250.000 euros, que se consideró con una vida útil de 5 años, el día 1 de octubre de 2X25, ha tenido un accidente provocado por otro vehículo lo que ha supuesto que quedara inservible para ningún tipo de transporte. El siniestro se produjo en Italia, por lo que puestos en contacto con la compañía aseguradora se observa que este tipo de siniestros no están cubiertos al haberse producido el hecho fuera de España.

Se supone que los 250.000 € son el precio sin IVA, al 21 %, y que el vehículo se amortiza linealmente, sin valor residual. Figura por ese precio más el IVA que no se dedujo al comprarlo con la prorrata provisional de 2X23, que era el 35 % definitivo de 2X22 (art. 105.Uno de la Ley 37/1992, del IVA, LIVA); la regularización de aquel año al 40 % definitivo no cambió ese valor (NRV 12.ª del Plan General de Contabilidad, PGC). Se amortiza hasta el día del siniestro.

IVA de la compra = 250.000 × 21 % = 52.500,00 €

IVA deducido con la prorrata provisional de 2X23 = 52.500 × 35 % = 18.375,00 €

Precio de adquisición = 250.000 + 52.500 − 18.375 = 284.125,00 €

Amortización anual = 284.125 / 5 = 56.825,00 €

Amortización de 2X25, 9 meses = 56.825 × 9 / 12 = 42.618,75 €

Amortización acumulada = 56.825 × 2 + 42.618,75 = 156.268,75 €

Valor en libros = 284.125 − 156.268,75 = 127.856,25 €

1-10-2X25 · Amortización del vehículo hasta el siniestro
DebeCuentaHaber
42.618,75681 Amortización del inmovilizado material
a2818 Amortización acumulada de elementos de transporte42.618,75

El vehículo inservible se da de baja por su valor en libros con un gasto (norma cuarta.2.3 de la Resolución del ICAC de 1-3-2013), en la cuenta 678 (consulta 2 del BOICAC 141). El seguro no cubre el siniestro y el enunciado no da dato alguno de una reclamación al causante: no hay indemnización que reconocer.

1-10-2X25 · Baja del vehículo siniestrado
DebeCuentaHaber
156.268,752818 Amortización acumulada de elementos de transporte
127.856,25678 Gastos excepcionales
a218 Elementos de transporte284.125,00

En el IVA, el siniestro no es una entrega, así que no hay regularización única por venta (art. 110 LIVA). Por la pérdida del bien por causa ajena a la empresa no se regulariza en los años posteriores a 2X25, pero sí en el propio 2X25 (art. 107.Seis LIVA), porque su prorrata difiere en más de 10 puntos de la del año de compra (art. 107.Uno LIVA). La deducción complementaria es la quinta parte de la diferencia entre la deducción que procedería con la prorrata de 2X25 y la efectuada en el año de compra (art. 109 LIVA), y va a la cuenta 6392.

Diferencia de 2X25 = 55 − 40 = 15 puntos, más de 10: se regulariza

Deducción efectuada en el año de compra = 52.500 × 40 % = 21.000,00 €

Deducción que procedería en 2X25 = 52.500 × 55 % = 28.875,00 €

Regularización a favor de la empresa = (28.875 − 21.000) / 5 = 1.575,00 €

31-12-2X25 · Regularización del bien de inversión
DebeCuentaHaber
1.575,00472 Hacienda Pública, IVA soportado
a6392 Ajustes positivos en IVA de inversiones1.575,00

Operación 7

El 31 de diciembre de 2X25, al no ser ya necesaria, una maquinaria que fue adquirida el 1 de julio de 2X23, por importe de 450.000 euros y con una vida útil de 5 años, es transmitida, en España, por un importe de 200.000 euros.

Se supone que los 450.000 € son el precio sin IVA, al 21 %, que los 200.000 € de la venta tampoco lo incluyen y que la maquinaria se amortiza linealmente, sin valor residual. Figura por el precio de compra más el IVA que no se dedujo con la prorrata provisional de 2X23, que era el 35 % definitivo de 2X22 (art. 105.Uno de la Ley 37/1992, del IVA, LIVA); la regularización de aquel año al 40 % definitivo no cambió ese valor (NRV 12.ª del Plan General de Contabilidad, PGC). Antes de la baja se amortiza el año 2X25.

IVA de la compra = 450.000 × 21 % = 94.500,00 €

IVA deducido con la prorrata provisional de 2X23 = 94.500 × 35 % = 33.075,00 €

Precio de adquisición = 450.000 + 94.500 − 33.075 = 511.425,00 €

Amortización anual = 511.425 / 5 = 102.285,00 €

Amortización acumulada del 1-7-2X23 al 31-12-2X25, 30 meses = 102.285 × 30 / 12 = 255.712,50 €

Valor en libros = 511.425 − 255.712,50 = 255.712,50 €

31-12-2X25 · Amortización de 2X25
DebeCuentaHaber
102.285,00681 Amortización del inmovilizado material
a2813 Amortización acumulada de maquinaria102.285,00

La venta en España está sujeta y no exenta, y el IVA repercutido no forma parte del importe de la enajenación (NRV 12.ª PGC). La diferencia con el valor en libros es una pérdida del inmovilizado.

IVA repercutido = 200.000 × 21 % = 42.000,00 €

Cobro = 200.000 + 42.000 = 242.000,00 €

Pérdida = 255.712,50 − 200.000 = 55.712,50 €

31-12-2X25 · Venta de la maquinaria
DebeCuentaHaber
242.000,00572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros
255.712,502813 Amortización acumulada de maquinaria
55.712,50671 Pérdidas procedentes del inmovilizado material
a213 Maquinaria511.425,00
a477 Hacienda Pública, IVA repercutido42.000,00

La venta cae dentro del periodo de regularización (2X24 a 2X27), así que se hace una regularización única por el año de la venta y los que faltan. Al estar sujeta y no exenta, se considera que en esos años el bien se usó solo en operaciones con derecho a deducir, como con un 100 %, con el límite de la cuota devengada por la venta (art. 110.Uno.1.º LIVA). Esta regularización sustituye a la ordinaria de 2X25, y la deducción complementaria va a la cuenta 6392.

Deducción efectuada en el año de compra = 94.500 × 40 % = 37.800,00 €

Regularización por año = (94.500 − 37.800) / 5 = 11.340,00 €

Regularización única, 2X25 a 2X27 = 11.340 × 3 = 34.020,00 €, a favor de la empresa

Límite de la cuota devengada por la venta = 200.000 × 21 % = 42.000,00 €, que no se supera

31-12-2X25 · Regularización por la venta del bien de inversión
DebeCuentaHaber
34.020,00472 Hacienda Pública, IVA soportado
a6392 Ajustes positivos en IVA de inversiones34.020,00

La venta no entra en el cálculo de la prorrata de 2X25 (art. 104.Tres.3.º LIVA).

No se formula el asiento de liquidación del impuesto: ningún punto lo pide y el enunciado no da los periodos de liquidación ni lo ingresado en cada uno. En el conjunto del año, las siete operaciones dejan este resultado, que iría a la cuenta 4750:

IVA repercutido = 1.050.000 + 315.000 + 357.000 + 42.000 = 1.764.000,00 €

IVA soportado deducible = 289.327,50 + 173.250 + 252.000 + 196.350 + 1.575 + 34.020 = 946.522,50 €

Resultado del año, a ingresar = 1.764.000 − 946.522,50 = 817.477,50 €

Las prorratas definitivas de los ejercicios anteriores han sido:

  • Año 2X22: 35 %
  • Año 2X23: 40 %
  • Año 2X24: 42 %

TRABAJO A REALIZAR SUPUESTO NUMERO 5

  • Anotaciones contables, que procedan de la información suministrada en el ejercicio 2X25, teniendo en cuenta la regla de prorrata, en relación al Impuesto sobre el Valor Añadido.

En la resolución del supuesto deberá tener en cuenta lo siguiente:

  • No es necesario que utilice las cuentas de los grupos ocho y nueve del Plan General de Contabilidad. No obstante, si lo considera oportuno puede hacerlo.
  • En caso de que el opositor estime que no es necesaria anotación contable en algún punto deberá hacerlo constar.
  • En las respuestas deberán identificarse claramente las cuentas de cargo y de abono, sin que sea suficiente limitarse a señalar códigos de cuentas exclusivamente.
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